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Pistolas o revólveres de fabricación casera

El artículo 33600 del Código Penal de California tipifica como delito los siguientes actos realizados con las armas de fuego denominadas “zip guns”:

Las armas de fuego denominadas, en inglés “zip guns”son esencialmente pistolas o revólveres de fabricación casera, hechas con componentes que se encuentran en casa o que se pueden comprar en una ferretería. Estas armas son a veces las favoritas de los delincuentes, ya que son relativamente difíciles de rastrear y se pueden tirar después de dispararlas una sola vez. Se usa el término “zip” porque se suele usar una liga para facilitar el disparo de estas armas.

El artículo 33600 del Código Penal de California tipifica como delito los siguientes actos realizados con estas armas de fuego:

Fabricarlas,

Importarlas al estado,

Guardarlas con fines de venta,

Ofrecerlas con fines de venta,

Darlas o prestarlas, y/o

Poseerlas.

Si una persona realiza uno cualquiera de estos actos con las armas de fuego en cuestión, podrá ser acusada de un delito menor o mayor, dependiendo de los hechos específicos de cada caso. Las penas por uno cualquiera de los cargos pueden incluir reclusión de uno a tres años y/o multas de una cuantía considerable.

Defensas legales

Una persona tiene el derecho de oponerse a un cargo de acuerdo con el presente estatuto por medio de una defensa legal. Figuran a continuación algunas defensas comunes mediante las cuales los acusados pueden demostrar que:

Penas

Las leyes de California tipifican este delito como delito flexible. Esto significa que puede imputarse como delito menor o delito mayor.

Si se imputa como delito menor, la pena puede ser:

reclusión en la cárcel del condado por un máximo de un año; y/o una multa máxima de $1,000.

Si se imputa como delito mayor, la pena puede ser:

reclusión en la cárcel del condado por un máximo de tres años; y/o una multa máxima de $10,000.

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