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El proceso judicial de la violencia doméstica en Los Ángeles

El proceso judicial de la violencia doméstica en Los Ángeles

 

Antes de la instrucción de cargos

Los casos de violencia doméstica comienzan con el arresto de una o ambas partes involucradas en un incidente doméstico. Por lo general, los sospechosos de violencia doméstica deberán pagar una fianza para poder ser puestos en libertad. El caso suele asignarse a un detective de la unidad de violencia doméstica, quien revisará los informes del arresto y podría realizar una investigación adicional. En última instancia, el detective recomendará o no la imputación de cargos y enviará el caso a la agencia fiscal correspondiente para su evaluación. Al defender un caso de violencia doméstica resulta a menudo esencial intervenir antes de que la policía envíe el caso al fiscal para considerar si se imputan cargos o no.

La instrucción de cargos en casos de violencia doméstica

La primera comparecencia en un caso de violencia doméstica es la instrucción –o lectura– de cargos, en la que se informa formalmente al acusado de los delitos; este procede a declararse culpable o no culpable. La defensa recibirá una copia de la acusación y de los informes del incidente. Muchos delitos de violencia doméstica son considerados flexibles, es decir, pueden ser imputados como delito mayor o como delito menor. Si se imputa como delito mayor, es obligatorio que el acusado comparezca personalmente a la instrucción de cargos y a todas las fechas posteriores en el tribunal. Si se imputan como delito menor, el juez normalmente requerirá que el acusado comparezca a la instrucción de cargos para que pueda entregar una orden de protección.

Órdenes inhibitorias o de protección en casos de violencia doméstica

En los casos de violencia doméstica, la fiscalía suele estar muy pendiente de la seguridad de la presunta víctima. El fiscal normalmente solicitará una orden de protección contra el acusado que le prohíba tener ningún tipo de contacto con la víctima mientras el caso siga en pugna. Aun cuando la víctima haya indicado que no desea una orden de protección de emergencia, el juez, por regla general, emitirá una orden de protección en el momento de la instrucción de cargos. El juez podría permitir una orden de protección de “nivel uno”, la cual autoriza el contacto pacífico entre las partes. Asimismo, el juez podría modificar la orden de protección para permitir contacto si la víctima manifiesta que desea tener comunicación con el acusado.

Procedimientos previos al juicio en casos de violencia doméstica

Si el acusado opta por declararse no culpable, el caso se señalará para una audiencia previa al juicio (en inglés, pretrial) en un fecha posterior. Durante el desarrollo de un caso penal suele haber varias audiencias de este tipo. En estas audiencias, las partes normalmente intercambian pruebas (en inglés, discovery) y tratan de resolver el caso mediante un acuerdo negociado. Si la fiscalía ve que su caso puede no serle muy favorable o si la víctima no desea tomar parte, es posible que los cargos se reduzcan significativamente o que lleguen a desestimarse. Si las partes no logran resolver el caso, se señalará la fecha del juicio.

Los juicios por violencia doméstica

En el juicio, la fiscalía tendrá que probar la acusación más allá de duda razonable. La fiscalía puede continuar con el juicio aunque la víctima no desee cooperar. No obstante, la Corte Suprema de los Estados Unidos limitó recientemente la capacidad de los fiscales de usar las declaraciones de una víctima cuando esa persona no está disponible para testificar en el juicio. Después de que ambas partes hayan tenido la oportunidad de presentar pruebas e interrogar a los testigos, el jurado deliberará y determinará si el acusado es culpable o no culpable.

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