Siempre Disponible 323-467-6400

Casos de DUI con agravantes

Si lo han arrestado recientemente en el sur de California por conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas, sabe que se enfrenta a serias consecuencias si lo encuentran culpable. Sin embargo, cuando el cargo es de DUI con agravantes, hay mucho más en juego. Es más importante que nunca contratar a un abogado defensor de DUI con experiencia que sepa cómo ganar su caso.

En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) entendemos el impacto serio y duradero que tiene la pérdida de la licencia de conducir en California, la instalación en su vehículo de un dispositivo de bloqueo del arranque, así como la subida astronómica de la prima del seguro. Nos ponemos en su situación y peleamos por su futuro como si se tratara del nuestro y aplicamos nuestro profundo conocimiento de las leyes de DUI de California y de los procesos judiciales y del DMV a nivel local para que tenga ventaja en el tribunal y en la audiencia ante el DMV.

Factores mitigantes y factores agravantes

En los casos de DUI, al igual que en todos los demás delitos, existe normalmente un rango de penas permisible: una sentencia mínima y una máxima. Y su abogado defensor tendrá mucho que decir acerca de dónde, dentro de ese rango, debería fijarse su condena.

Aquellos factores que tienden a inclinarse hacia una sentencia menos dura –por ejemplo, ser la primera vez o tener un nivel de alcoholemia muy próximo al mínimo legal de 0.08%–, son “factores mitigantes”. Aquellos factores que mueven la balanza hacia la sentencia máxima se denominan “factores agravantes”.

Asimismo, existen "agravantes condenatorios" específicos que podrían alargar el tiempo en la cárcel, aumentar la duración de la suspensión de la licencia o incrementar de algún otro modo la sentencia. Estos no son solamente máximos sino penas adicionales extra que se aplican por ser un tipo específico de DUI.

Un caso de DUI con "agravantes" es, en el sentido más amplio, todo caso de DUI cuya sentencia se incrementa debido a un factor agravante. A continuación examinaremos los factores más comunes por los que se imputa un delito de DUI con agravantes en Los Ángeles.

Tipos de casos de DUI con agravantes y sus penas

He aquí algunos de los tipos de casos de DUI con agravantes que se imputan en California con más frecuencia, junto con las sentencias o sentencias con agravantes que se aplican a ellos:

Negarse a hacerse la prueba química: En California se considera que todas las personas que conducen en vías públicas dan su "consentimiento implícito" para someterse a pruebas de alcohol y drogas cuando un agente policial las arresta por DUI (cuando hay una sospecha razonable para la parada del vehículo o se trata de un retén de DUI). Si no se somete a una prueba química, perderá la posibilidad de obtener una licencia de conducir restringida en caso de que lo condenen y le podrían ordenar asistir a una clase más larga de DUI (6 o 9 meses). También se aplica una suspensión de la licencia de un año (en vez de 6 meses). Si rehúsa someterse a la prueba química una segunda vez, habrá una suspensión de 2 años y una sentencia carcelaria obligatoria, y rehusarse por tercera vez acarrea una suspensión de 3 años y un mínimo obligatorio de 120 días en la cárcel.

Nivel excesivo de alcoholemia (BAC): El límite legal de alcohol en la sangre o el aliento (BAC) es 0.08%, pero cuando el BAC alcanza los 0.15% o los supera, la sentencia será más dura. Si es 0.20% o más alto, se le asignará tiempo adicional en un programa de 9 meses contra el abuso del alcohol aprobado por el tribunal.

Velocidad excesiva/conducir imprudentemente: Si, durante un delito de DUI, usted iba a 20 o más millas por hora por encima del límite de velocidad en una calle o a 30 o más millas por hora por encima del límite en carretera, se le puede acusar de conducir de manera imprudente. La pena será 60 días adicionales de cárcel. Adviértase que es posible ser acusado de conducir de manera imprudente sin estar presente el elemento de exceso de velocidad y no ser acusado de ello aunque su velocidad fuera excesiva.

DUI sin licencia válida: Si su licencia ya había sido suspendida por DUI y lo acusan de un nuevo caso de DUI, la sentencia podría incluir 10 días o más de cárcel, una multa más elevada, así como el requisito de instalar un IID (dispositivo de bloqueo del arranque) en su vehículo pagado por el acusado.

DUI cometido por un menor de edad: Las personas condenadas por un caso de DUI cuando tenían menos de 21 años –la edad legal para consumir bebidas alcohólicas– están sujetas a la “Ley de tolerancia cero” de California. Les impondrán una suspensión de la licencia de un año, aunque existe la posibilidad de recibir una licencia restringida. Asimismo, es posible que tengan que asistir a una sesión de 8 horas en el “Hospital y Morgue” (HAM) y cursar el programa de impacto a víctimas, de dos horas de duración, que imparte la asociación Madres Contra Conductores Ebrios (MADD).

DUI más chocar y darse a la fuga: Si en su caso de DUI hubo un accidente y usted se dio a la fuga, la condena carcelaria será más larga y las multas más altas, y usted puede recibir "2 puntos adicionales" en su licencia, además de los 2 puntos que ya recibirá por el delito de DUI. Lo más probable es que su licencia de conducir sea suspendida un mínimo de 6 meses, o incluso más.

DUI y violación de libertad probatoria: Si usted ya está en libertad probatoria por un caso previo de DUI y lo vuelven a arrestar por un segundo o tercer DUI, es muy posible que le condenen a la cárcel por su DUI anterior, basándose simplemente en el nuevo arresto por el nuevo DUI (o cualquier otro delito que sea delito menor o mayor). Los términos de la violación de libertad probatoria se añadirían a cualquier otra sentencia posible si acaba siendo condenado por el nuevo arresto. 

DUI en una zona de obras: Todos los casos de DUI que ocurran en una zona de obras tendrán multas dobles y la posibilidad de que otros elementos de la sentencia también se dupliquen, o al menos se incrementen.

DUI poniendo en peligro a un menor: Si en el vehículo donde lo arrestaron por DUI iba un niño menor de 14 años, es probable que le ordenen cumplir un mínimo de 48 horas en la cárcel, y también le podrían condenar por poner en peligro a un menor de edad; si es así, le pueden condenar a 30 días más en la cárcel del condado y a asistir a una clase para padres aprobada por el estado, de 52 semanas de duración, la cual cuesta un mínimo de $2,500.

Reincidencia: Un segundo o tercer caso de DUI incrementa las penas de diversas maneras, incluidas posibles condenas carcelarias más largas, programas de clases de DUI más largos, suspensiones de licencias más largas y multas más altas en comparación con un primer delito. Respectivamente, los primeros, segundos y terceros delitos conllevan las siguientes penas máximas: condena carcelaria de 6 meses, 1 año; clases de DUI de una duración de 3 meses, 6 meses, 18 meses o, en raras ocasiones, 30 meses; suspensión de la licencia durante 6 meses, 1-2 años, 2-3 años; y una multa máxima en todos los casos de $2,000 a $3,000. Un cuarto delito de DUI: Esto es automáticamente delito mayor si los otros tres casos de DUI ocurrieron en menos de 10 años del cuarto caso. Las multas y las tasas puede elevarse a $3,000 o más. Podría tener que pasar hasta 3 años en prisión, su carro podría ser embargado 90 días o confiscado directamente, quizás pierda su licencia durante cuatro años y tenga que cursar un programa de tratamiento contra el alcoholismo de 18 o 30 meses de duración. Adviértase que las condenas por conducir de manera imprudente con presencia de alcohol (wet reckless) cuentan como antecedente en relación con un cuarto caso de DUI. Además, tener aunque sea un único antecedente de DUI como delito mayor hace que el siguiente arresto sea automáticamente un delito mayor. Asimismo, toda condena por DUI o wet reckless en otro estado que hubiera contado como antecedente en California también se puede usar en contra de usted.

DUI con lesiones/muerte: Si usted causa lesiones corporales graves o la muerte a otra persona durante un incidente de DUI, tendrá que afrontar, casi con toda seguridad, cargos por delito mayor. No obstante, si las lesiones no son tan graves, podrían acusarlo de un delito menor. Los casos de DUI imputados como delito mayor están penados de la siguiente manera: un mínimo de 16 meses en la prisión del estado, indemnización completa a la víctima o sus herederos legales, una multa de $2,000 a $5,000, clases de DUI durante 18 a 30 meses y una suspensión máxima de su licencia de 5 años. Los casos de DUI imputados como delito menor están penados de la siguiente manera: de 5 días a 12 meses en la cárcel del condado, indemnización completa a todas las víctimas, de $2,000 a $3,000 en multas judiciales, así como clases de DUI de 3, 6 o 9 meses de duración. Adviértase que, en aquellos casos de DUI en lo que se cause la muerte de otra persona, se le puede acusar de homicidio no intencional por medio de vehículo o incluso de un “asesinato Watson” (asesinato en segundo grado), en cuyo caso, la sentencia podría ser de 15 años a cadena perpetua si lo hallan culpable.

DUI con daños materiales: Si lo acusan de DUI y hubo un accidente, tendrá que haber una audiencia de indemnización (o resarcimiento) y pagar a la víctima todos los daños materiales causados en el accidente. Para ello es necesario demostrar que usted fue la parte responsable del accidente, lo cual no es algo automático por el mero hecho de que iba conduciendo bajo los efectos del alcohol. Es posible que los agentes del LAPD o CHP le obliguen a pagar a la ciudad por el tiempo que dedicó el agente a su arresto y a la investigación del caso. Además, si alguien resultó herido en el accidente, usted tendrá que pagar los gastos médicos y de otro tipo causados por las lesiones si usted tuvo la culpa. 

Posibles estrategias de defensa

Muchas personas pueden asumir sin razón que es virtualmente imposible defenderse de un caso de DUI, sobre todo en casos en los que supuestamente existen uno o más factores agravantes. Sin embargo, esto es, sencillamente, falso. En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com), luchamos y ganamos rutinariamente todo tipo de casos de DUI, incluidos “casos difíciles”, como aquellos en los que se alegan agravantes.

Empleamos muchas defensas y siempre las adaptamos a las circunstancias específicas de cada caso en particular. También es cierto, no obstante, que utilizamos una y otra vez muchos tipos básicos de defensa en caso tras caso. 

Figuran a continuación varias de las posibles defensas empleadas en casos de DUI con agravantes. Algunas son las mismas que en cualquier caso de DUI; otras son un intento de refutar un factor agravante alegado con el fin de reducir de un modo efectivo el caso de DUI con agravantes a un DUI “ordinario”, gracias a lo cual la sentencia sería más ligera.

Conducta policial indebida: Si el agente policial lo paró sin sospecha razonable y/o fue arrestado o esculcado sin motivo justificado –excepto si se trata de un retén–, es probable que logremos que se deseche su caso de DUI. Asimismo, si la evidencia usada en su contra se obtuvo por medio de un registro e incautación ilegales, el fiscal lo tendría muy cuesta arriba para intentar que lo hallen culpable.

Pruebas de alcoholemia (BAC) no fiables: Aunque el resultado de la prueba de sangre u orina sea de 0.08% o más alto, esto no significa que el ministerio público vaya a ganar el caso de modo automático. Es posible que la prueba no se administrara correctamente, que los equipos para realizar la prueba no estuvieran bien mantenidos o que la muestra de sangre no se almacenara apropiadamente y, por consiguiente, se contaminara. Además, si el resultado fue de justo 0.08%, un segundo análisis de la muestra podría fácilmente indicar un BAC más bajo.

BAC aún en alza: Si pasó demasiado tiempo entre el momento de la parada por DUI y la hora en que le administraron la prueba de sangre o aliento en la jefatura policial para conocer su BAC, es posible que el resultado de la prueba sea incorrecto. Si su contenido de alcohol en sangre seguía subiendo cuando lo pararon, esto podría significar que era más bajo mientras iba manejando. Si el intervalo de tiempo fue lo suficientemente largo, quizás su nivel de alcoholemia detrás del volante era inferior al 0.08%, aunque más tarde el resultado fuera de 0.08% o más alto.

No existe relación causal con respecto a las lesiones: Si otra persona sufrió lesiones o incluso murió en un accidente de tráfico en el que usted estuvo involucrado mientras conducía bajo los efectos del alcohol, eso no prueba automáticamente que usted causó el accidente. Podría tener que ver con el mal tiempo, un fallo mecánico o incluso podrían haber sido las acciones del otro conductor las que provocaran el accidente. Si la fiscalía no puede establecer la causa, usted no podrá ser condenado por DUI con lesiones o muerte.

No rehusó la prueba química: Es posible que usted tuviera un problema médico u otra razón válida para no someterse a la prueba química en el momento del arresto. El agente podría haber asumido solamente que usted se estaba negando. En tal caso, un buen abogado podría lograr que se desechara el agravante de negarse a hacer la prueba química.

No hay prueba de que chocara y se diera a la fuga: Si usted no tenía conocimiento de ello ni tampoco podría esperarse que, de un modo razonable, supiera que ocasionó un accidente mientras conducía, no es posible probar que usted se fue intencionalmente del lugar de los hechos y, por lo tanto, no es culpable de chocar y darse a la fuga.

Hay muchas otras defensas, todas ellas concebidas de acuerdo con el factor agravante específico conectado al cargo, pero aquí no hay suficiente espacio para enumerarlas todas. Baste decir que en las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) sabemos cómo encontrar los puntos débiles de las acusaciones de los fiscales y cómo preparar una sólida defensa.

Llámenos hoy mismo si necesita que lo defendamos en un caso de DUI

En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com), Jeff entiende la confusión y el temor que se sienten al afrontar una posible condena por DUI. También entiende que muchas personas inocentes son acusadas de delitos en California cada año. En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) tenemos la experiencia necesaria para lograr el mejor resultado posible en su caso.

No dude en llamarnos al 323-467-6400 –las 24 horas del día, los siete días de la semana–, para realizar una consulta gratis sin ninguna obligación.

La verdad sobre este abogado

El licenciado Voll no habla por hablar sino que predica con el ejemplo cuando se trata de luchar contra el sistema de Justicia Penal. ¡Él también ha sido acusado en falso, arrestado ilícitamente e imputado de delitos muy graves como abogado! Es prueba viviente de la existencia de agentes policiales que mienten, inventan evidencia y están dispuestos a acusar a alguien en falso porque ellos mismos son unos miserables cobardes. Voll es testimonio real de que estos mismos policías cobardes y mentirosos usan soplones como informantes para promover sus cuentos de hadas sobre delincuencia. Él sabe personalmente que estos soplones harán lo que sea para sobrevivir a sus propios actos criminales por los que fueron arrestados previamente con el fin de obtener un tratamiento favorable en su propio caso. No obstante, la verdad siempre triunfa y el licenciado Voll seguirá ejerciendo la abogacía en casos penales durante los próximos 25 años. Es el único abogado penalista de California que, con la verdad por delante, puede decir que ha logrado, por sí solo, que se desechen MÁS DE 100 casos en un año. No busque más: el licenciado Voll es el abogado defensor penalista perfecto para usted o un miembro de su familia.

Menu