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La indemnización a la víctima en casos de violencia doméstica en Los Ángeles

La indemnización a la víctima en casos de violencia doméstica en Los Ángeles

Los casos de violencia doméstica en Los Ángeles suelen conllevar consecuencias legales significativas que van más allá de las multas, el encarcelamiento o el servicio comunitario. Un aspecto que ha cobrado una importancia cada vez mayor es la indemnización a la víctima, conocida también como resarcimiento, compensación o indemnización. La indemnización tiene como finalidad que las personas que hayan sufrido pérdidas económicas tangibles como consecuencia de la violencia doméstica sean resarcidas —o, al menos, compensadas en la mayor medida posible— a través del proceso de justicia penal. Esta compensación puede incluir desde gastos médicos hasta el costo de la reubicación. En California, la indemnización en los casos de violencia doméstica es legalmente obligatoria y se aplica de manera estricta.

La información que figura a continuación explica en detalle el funcionamiento del proceso de indemnización, los requisitos legales del artículo 1203.097 del Código Penal de California, cómo se llevan a cabo las audiencias de indemnización, la función de las instrucciones al jurado en los casos de violencia doméstica, así como la manera en que esta compensación se integra en la condena y en las condiciones de la libertad probatoria. Presentada por las Oficinas Legales de Jeff Voll, esta información tiene el objetivo de aclarar cómo encaja la indemnización dentro de las causas penales por violencia doméstica y qué pueden esperar tanto los acusados como las víctimas en cada una de las etapas del proceso.

El concepto de la violencia doméstica y sus consecuencias

La violencia doméstica está definida en diversas disposiciones del Código Penal de California, incluidos los artículos 13700 y 243(e)(1). En un proceso penal por violencia doméstica, el Estado se propone responsabilizar a una persona por actos de abuso o amenazas de abuso cometidos contra una pareja íntima, un conviviente, un exconviviente, el padre o la madre del hijo de la persona imputada, su prometido(a) u otra persona estrechamente relacionada por vínculo familiar o de pareja. La violencia doméstica puede clasificarse como delito menor o delito mayor, dependiendo de factores como la gravedad del daño causado y los antecedentes penales del acusado.

Cuando una persona es condenada por un delito de violencia doméstica en el condado de Los Ángeles, el juez normalmente impone libertad probatoria, multas, clases obligatorias de asesoramiento —con frecuencia un programa contra la violencia doméstica de 52 semanas de duración— y, en muchos casos, indemnización por los daños causados a la víctima. La ley de California establece que la indemnización a la víctima es una parte fundamental de la sentencia en casi todos los delitos que ocasionan un perjuicio económico, y los casos de violencia doméstica no son la excepción.

Qué exige la ley: Artículo 1203.097 del Código Penal de California

El artículo 1203.097 del Código Penal de California es una piedra angular en la imposición de sentencias por delitos de violencia doméstica. Cuando un acusado recibe libertad probatoria por un delito relacionado con violencia doméstica, el juez tiene que imponer ciertas condiciones obligatorias. Estas incluyen:

·       Un período mínimo de libertad probatoria de tres años. En los casos imputados como delito menor, la libertad probatoria puede extenderse hasta cinco años; en los delitos mayores, el período puede ser mayor.

·       La emisión de una orden de protección criminal u orden inhibitoria, cuando el tribunal lo considere necesario para proteger a la víctima.

·       La participación en un programa contra la violencia doméstica de 52 semanas de duración.

·       Un pago obligatorio —conocido comúnmente como "pago por violencia doméstica”— de hasta $500, destinado a programas contra la violencia doméstica.

·       Un pago de indemnización a la víctima por cualquier pérdida económica derivada del abuso.

En consecuencia, cuando un acusado es condenado por un delito de violencia doméstica, la indemnización de víctimas no es simplemente una sugerencia. Si la víctima ha sufrido pérdidas económicas, la indemnización es obligatoria. El juez conserva jurisdicción durante el período de libertad probatoria —y en ciertos casos incluso después— para determinar la cantidad a pagar como indemnización, así como para su cobro y ejecución.

Diferenciación entre la indemnización a la víctima y otras multas y pagos

Es importante distinguir la indemnización a la víctima de otros tipos de sanciones económicas que pueden imponerse en casos de violencia doméstica:

  • Multa de indemnización (artículo 1202.4 del Código Penal):
    Se trata de una multa general que se deposita en el fondo estatal de indemnización a víctimas. En los delitos menores, normalmente oscila entre $150 y $1,000. En los delitos mayores, puede variar entre $300 y $10,000. Esta multa es diferente de la indemnización directa a la víctima.
  • Pago por violencia doméstica (artículo 1203.097 del Código Penal):
    Este pago puede ascender a un máximo de $500 y está destinado a financiar programas contra la violencia doméstica. Se cobra aparte de la multa de indemnización prevista en el artículo 1202.4 y de la indemnización directa a la víctima.
  • indemnización a la víctima:
    Consiste en el pago directo a la víctima para cubrir pérdidas económicas derivadas del delito, como gastos médicos, terapia psicológica, daños a la propiedad o pérdida de ingresos.

Los tres pueden imponerse en un mismo caso de violencia doméstica. Sin embargo, desde la perspectiva del acusado, la indemnización a la víctima tiene particular importancia, ya que aborda directamente el perjuicio económico sufrido por la víctima y sigue siendo exigible si otras multas o cuotas no se pagan o son exoneradas.

La función del Consejo de indemnización a Víctimas de California

El Consejo de indemnización a Víctimas de California —conocido como CalVCB, por sus siglas en inglés— es una entidad que brinda asistencia financiera a víctimas de determinados delitos violentos, incluidos la violencia doméstica, el abuso infantil y el abuso de personas de edad avanzada, entre otros. Entre los gastos que puede cubrir el CalVCB se incluyen los siguientes:

·       Gastos médicos

·       Terapia o tratamiento de salud mental

·       Pérdida de ingresos debido a daños físicos o a la participación de la víctima en el proceso judicial

·       Gastos funerarios y de entierro (en casos de homicidio)

·       Gastos de reubicación y medidas de seguridad en el hogar

El CalVCB se financia, en parte, mediante recargos asociados a condenas penales en todo el estado de California. No obstante, la intervención del Consejo no exime al acusado del pago de la indemnización directa a la víctima. Si el CalVCB realiza pagos a favor de la víctima, el juez aún puede ordenar que el acusado reembolse al Consejo los fondos desembolsados. En otras palabras, la víctima no recibe una “doble indemnización”, aunque el acusado sigue siendo responsable de la suma total pagada en nombre de la víctima.

Tipos de indemnización en casos de violencia doméstica

En los casos de violencia doméstica, el daño causado a la víctima puede adoptar muchas formas, entre ellas, lesiones físicas, angustia emocional y daños a la propiedad. Desde un punto de vista legal, la indemnización se centra específicamente en las pérdidas económicas que la víctima sufre como consecuencia del abuso. Entre las categorías más comunes de indemnización se incluyen las siguientes:

·       Gastos médicos: Costos de visitas a la sala de emergencias, gastos de ambulancia, estancias hospitalarias, intervenciones quirúrgicas, medicamentos o terapia física.

·       Terapia o asesoramiento psicológico: Servicios de salud mental, incluidas sesiones de terapia o asesoramiento psicológico, directamente relacionados con el incidente de violencia doméstica.

·       Pérdida de ingresos: Ingresos no percibidos debido a daños físicos, comparecencias ante el tribunal o amenazas persistentes que impidan a la víctima regresar al trabajo.

·       Daños a la propiedad: Costos de indemnización o reemplazo de bienes dañados o destruidos durante un altercado, como una puerta, un teléfono móvil o un vehículo.

·       Gastos de reubicación: Costos de mudanza, depósitos de seguridad u otros gastos necesarios para trasladar a la víctima lejos del agresor por razones de seguridad.

·       Mejoras en la seguridad del hogar: Instalación de sistemas de seguridad, cerraduras nuevas u otras mejoras relacionadas con la seguridad cuando persiste una amenaza.

Cómo solicitar y documentar una reclamación de indemnización

Por lo general, la víctima solicita la indemnización mediante la presentación de documentación que avale sus pérdidas ante la fiscalía o ante el defensor de víctimas del tribunal, quien posteriormente presentará la reclamación durante una audiencia de indemnización o en la etapa de imposición de la sentencia. La documentación es fundamental. Las cuentas médicas, facturas de reparaciones, comprobantes de pago y recibos de terapia o de gastos de reubicación ayudan a establecer el impacto económico.

Es esencial que tanto la fiscalía como la defensa revisen detenidamente la reclamación de indemnización. La víctima es responsable de demostrar una relación causal entre el abuso y las pérdidas. Aunque el estándar de prueba en un juicio penal es el de “más allá de duda razonable”, el estándar aplicable en una audiencia de restitución suele ser inferior, similar al de la “preponderancia de las pruebas”.

La audiencia de indemnización

Si el acusado no está de acuerdo con la cantidad de la indemnización solicitada —o si cuestiona que ciertos gastos estén relacionados con el incidente— el juez celebrará una audiencia de indemnización. Durante dicha audiencia:

·       Testimonio de la víctima: La víctima declara acerca de la naturaleza y el alcance de las pérdidas sufridas. Esto puede incluir explicaciones detalladas de las lesiones, los daños materiales u otras dificultades económicas.

·       Presentación de pruebas: Ambas partes pueden presentar documentación que respalde o refute los gastos reclamados. Por ejemplo, la defensa puede argüir que ciertos gastos existían con anterioridad al incidente o que no guardan una relación causal con este.

·       Contrainterrogatorio de la defensa: La defensa tiene la oportunidad de interrogar a la víctima y cuestionar la necesidad o el costo de determinados artículos.

·       Determinación del tribunal: Basándose en las pruebas presentadas, el juez decide qué gastos están justificados y calcula un monto de restitución adecuado. Esta determinación es definitiva, salvo que sea impugnada mediante apelaciones legales o audiencias posteriores.

Instrucciones al jurado en casos de violencia doméstica y su relevancia para la indemnización

En muchos juicios por violencia doméstica, los miembros del jurado reciben instrucciones específicas que detallan los elementos del delito imputado y cualquier determinación especial que deban realizar. Estas instrucciones suelen basarse en las Instrucciones Penales para los Jurados de California (CALCRIM). Por ejemplo, la instrucción N.º 840 de CALCRIM hace referencia a la violencia doméstica en su modalidad de delito mayor según el artículo 273.5 del Código Penal, mientras que la instrucción N.º 841 de CALCRIM aborda la categoría como delito menor de la agresión doméstica conforme al artículo 243(e)(1) del Código Penal.

Aunque las instrucciones al jurado en sí mismas no determinan la indemnización, los fallos de culpabilidad conforme a un artículo específico del Código Penal activan las disposiciones obligatorias de imposición de la pena previstas en el artículo 1203.097 del Código Penal, las cuales incluyen la indemnización. Por ello, entender bien la manera en que se instruirá al jurado puede ayudar a la defensa a prever una probable situación condenatoria y a iniciar la preparación para una posible fase de indemnización, ya sea mediante negociación o a través de una audiencia formal.

Imposición de la sentencia y libertad probatoria en casos de violencia doméstica

Una vez que el acusado es declarado culpable —ya sea mediante su propia aceptación de los cargos o después de celebrarse un juicio— el juez impondrá la sentencia al acusado. En Los Ángeles, los casos de violencia doméstica pueden dar lugar a una condena por delito menor o por delito mayor, dependiendo de la gravedad de las lesiones y del historial penal del acusado. Las condenas pueden incluir:

·       Encarcelamiento: Hasta un año en la cárcel del condado en casos de delito menor. Las condenas por delito mayor pueden conllevar períodos más prolongados en la prisión del estado.

·       Libertad probatoria formal: Supervisión obligatoria por parte del tribunal durante un número determinado de años. En los casos de violencia doméstica, la libertad probatoria suele tener una duración mínima de tres años.

·       Programa contra la violencia doméstica: Programa obligatorio de 52 semanas de duración,exigido por ley para aquellas personas condenadas por violencia doméstica que se encuentran en libertad probatoria.

·       Orden de protección: El juez puede emitir una orden de protección penal para limitar o prohibir el contacto entre el acusado y la víctima.

·       Multas y pagos: El juez impone diversas multas, pagos y recargos según las disposiciones legales correspondientes.

·       Indemnización a la víctima: Forma parte integral de la sentencia y está destinada a garantizar que la víctima sea compensada por aquellos gastos directos, debidamente documentados, que hayan sido causados por el abuso.

Durante el período de libertad probatoria, el acusado deberá cumplir con todas las condiciones impuestas por el tribunal. El incumplimiento del pago de la indemnización ordenada por el juez puede dar lugar a una violación de la libertad probatoria si se determina que el impago fue intencional. Si el acusado realmente carece de la capacidad económica para pagar la indemnización —por desempleo, problemas médicos o recursos financieros limitados—, el juez puede fijar pagos mensuales más bajos. A pesar de ello, negarse deliberadamente a cumplir con el pago puede ocasionar la revocación de la libertad probatoria, así como sanciones adicionales, incluida la privación de libertad.

Cumplimiento obligatorio de la indemnización y de los fallos judiciales civiles

Aunque el juez puede considerar la situación económica del acusado al establecer los plazos de los pagos de la indemnización, la obligación de pagar no puede eludirse sin más ni más. Los tribunales de California se toman muy en serio la indemnización a las víctimas y harán cumplir estas órdenes por diversos medios. Si la libertad probatoria concluye sin que el acusado haya pagado la indemnización en su totalidad, el monto pendiente puede convertirse en un fallo judicial civil. Los fallos judiciales civiles pueden afectar negativamente el historial crediticio del acusado y dificultar la compra de bienes o la obtención de préstamos. Asimismo, puede permitir que la víctima o el Estado soliciten el embargo de salarios o la imposición de gravámenes.

Incluso la bancarrota, por lo general, no extingue las obligaciones de indemnización por daños en casos penales. Esto destaca el hecho de que la indemnización sigue siendo una de las obligaciones financieras más firmes y duraderas derivadas de casos penales.

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La verdad sobre este abogado

El licenciado Voll no habla por hablar sino que predica con el ejemplo cuando se trata de luchar contra el sistema de Justicia Penal. ¡Él también ha sido acusado en falso, arrestado ilícitamente e imputado de delitos muy graves como abogado! Es prueba viviente de la existencia de agentes policiales que mienten, inventan evidencia y están dispuestos a acusar a alguien en falso porque ellos mismos son unos miserables cobardes. Voll es testimonio real de que estos mismos policías cobardes y mentirosos usan soplones como informantes para promover sus cuentos de hadas sobre delincuencia. Él sabe personalmente que estos soplones harán lo que sea para sobrevivir a sus propios actos criminales por los que fueron arrestados previamente con el fin de obtener un tratamiento favorable en su propio caso. No obstante, la verdad siempre triunfa y el licenciado Voll seguirá ejerciendo la abogacía en casos penales durante los próximos 25 años. Es el único abogado penalista de California que, con la verdad por delante, puede decir que ha logrado, por sí solo, que se desechen MÁS DE 100 casos en un año. No busque más: el licenciado Voll es el abogado defensor penalista perfecto para usted o un miembro de su familia.

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