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Casos de DUI con más de 0.15%

Casos de DUI con más de 0.15% - Artículo 23578 del Código de Vehículos de California

 

Si lo acusan de un delito de DUI en California en el que su nivel de alcohol en la sangre (BAC) se registró al 0.15%. o más alto, se considerará que el caso tiene elementos agravantes y usted podría recibir una sentencia especialmente dura si lo condenan por ello. En esta situación es fundamental que contrate los servicios de un abogado defensor con experiencia en casos de DUI para que se haga cargo de su caso y lo defienda.

 

Factores atenuantes y agravantes

 

Cuando lo arrestan por DUI y se enfrenta a su audiencia en el DMV de California y/o a juicio con jurado, hay muchas cosas que tienen una gran importancia, no solo si su BAC se registró a un 0.08%. Incluso cuando le impongan una condena por DUI de algún tipo, siempre existe una variedad de penas posibles, dependiendo de las circunstancias únicas de su caso. El hecho de que reciba la sentencia máxima, mínima o intermedia a menudo dependerá de varios factores atenuantes o agravantes.

 

Por ejemplo, si su nivel de alcoholemia (BAC) era alto debido a un medicamento recetado, si la prueba de sangre/aliento apenas llegó al 0.08% o si tenía previamente un perfecto historial de conducción, todo ello pueden considerarse razones para atenuar (reducir) la sentencia que le impongan.

 

Sin embargo, si su BAC fue de 0.15% o más alto, este es uno de los muchos posibles factores agravantes de su cargo de DUI. Por lo tanto, si lo acaban condenando, recibirá una sentencia más dura que si hubiera tenido un resultado de 0.08%, en igualdad de condiciones. La razón de ello es que se considera que un 0.15% es un nivel de BAC "excesivo", siendo casi el doble del estándar ordinario de 0.08%.

 

El estatuto que contempla los casos de DUI con un BAC de 0.15% es el artículo 23578 del Código de Vehículos de California, el cual contempla asimismo los casos de DUI en los que la persona arrestada rehusó someterse a la prueba química y trata estos dos agravantes, esencialmente, de la misma manera.

 

Otros factores agravantes en casos de DUI en California

 

* Puesta en peligro de niños, definido como un caso de DUI en el que un niño menor de 14 años iba en el vehículo que usted conducía.

* Velocidad excesiva y/o conducir de manera imprudente. En la "calle" se considera velocidad excesiva ir a 20 o más millas por hora del límite de velocidad, y en "carretera" ir a 30 o más.

* Los daños materiales, corporales o la muerte causados por un DUI pueden agravar el delito considerablemente. Los casos de DUI con lesiones son a menudo delitos mayores y, si hay varias víctimas en un mismo incidente, los agravantes son aún mayores.

* Los casos de DUI en una zona de obras tienen multas más altas.

* Tener antecedentes por DUI, sobre todo si son como delito mayor, en los últimos diez años incrementará la sentencia y el acusado podría incluso ser condenado a la prisión del estado si fuera este su cuarto delito de DUI.

 

Posibles penas por incumplir el artículo 23578 del Código de Vehículos de California

 

Incluso con un nivel de alcoholemia de 0.08%, existe la "presunción" de que la persona arrestada por DUI iba manejando con sus facultades deterioradas por el alcohol o una droga tóxica. No obstante, cuanto más alto es el BAC, se presume que mayor es el efecto en el modo de manejar y más severa podría ser, potencialmente, su sentencia.

 

A la hora de recibir la sentencia, una de las principales consecuencias de un caso con un BAC de 0.15% o más alto es que los términos de la libertad probatoria serán más estrictos. Por ejemplo, la sentencia básica será más severa, en uno u otro grado. Si se trata de un primer delito con un BAC del 0.08%, el acusado recibe normalmente una suspensión de la licencia de 4 meses y un programa de DUI de 3 meses; sin embargo, con un 0.15% de alcoholemia en el primer delito, es probable que reciba una suspensión de la licencia de 6 meses y un programa de DUI de 9 meses.

 

Además, las multas, el tiempo de condena en la cárcel del condado, las horas de servicio comunitario y los períodos de libertad probatoria podrían aumentar.

 

El artículo 23578 del Código de Vehículos también cubre situaciones en las que el conductor rehúsa someterse a la prueba química, lo cual se considera algo obligatorio por "consentimiento implícito", basándose simplemente en tener licencia de conducir de California. Los resultados de ese rehúse derivan automáticamente en la "suspensión administrativa de la licencia" y en una condena carcelaria más larga.

 

Cuando la persona rehúsa hacer la prueba de alcoholemia en su primer caso de DUI, la licencia queda suspendida durante un año completo, el programa de DUI es de 9 meses y se agregarán dos días extra a toda posible condena carcelaria.

 

Cuando lo haga por segunda vez, la licencia se pierde durante 2 años y se impondrán 4 días extra de cárcel. En un tercer caso de DUI, o posterior, con rehúse de la prueba química, se pueden recibir 10 días extra de cárcel y una suspensión de la licencia de 3 años.

 

¿Qué consecuencias adicionales existen por un BAC de 0.20% o más alto?

 

Aunque los casos con un BAC de 0.20% y de 0.15% son muy similares, existen algunas diferencias. Primero, un nivel de alcoholemia del 0.20% acarrea normalmente una suspensión mínima de la licencia de 10 meses, mientras que con un 0.15%, el mínimo es de 9 meses. En ambos casos, no obstante, se puede solicitar una licencia restringida después del primer mes.

 

Segundo, un caso de DUI con un BAC de 0.20% o más alto está penado con un programa educativo de alcohol/drogas de 60 horas que se tarda 9 meses en terminar, en lugar de un programa de 30 horas, a lo largo de 3 meses, que es lo que probablemente recibiría por tener un BAC de 0.15%.

 

En ambos casos es probable que tenga que instalar un dispositivo de bloqueo del arranque durante un máximo de 3 años y necesitará a un buen abogado defensor de casos de DUI para que le impongan libertad probatoria y evite o minimice una condena carcelaria.

 

Estrategias comunes de defensa

 

Parada de tráfico ilegal: La cuarta enmienda de la Constitución estadounidense nos protege de los registros e incautaciones irrazonables, por lo que la policía debe tener una sospecha razonable, específica y que se pueda expresar de la comisión de una actividad ilegal antes de que puedan parar legalmente su vehículo o a usted. Esto significa que, excepto en retenes de DUI, usted tiene que haber incumplido alguna norma de tránsito o haber manejado de una manera que coincide con la de alguien que está manejando bajo la influencia del alcohol/drogas.

 

Administración inapropiada de las pruebas de sobriedad sobre el terreno (FST): Las pruebas de sobriedad sobre el terreno deben administrarse de una manera muy específica para que tengan validez. Toda desviación de los protocolos apropiados o intimidación por parte del agente policial puede producir evidencia que sea inadmisible. Además, si el mal tiempo, unos zapatos pesados, los nervios, un problema médico u otros factores pueden haber afectado las pruebas FST, sus conclusiones podrán no ser definitivas ni tener tanto peso.

 

Lectura falsa del BAC: Son muchas las razones por las que una prueba de alcoholemia puede producir un resultado demasiado alto. Quizás el agente no la administrara adecuadamente; tal vez el alcohol en la boca del conductor afectara el funcionamiento del alcoholímetro; puede ser que el conductor tuviera un BAC ascendente que era más bajo cuando iba realmente manejando; y también que el equipo de pruebas no estuviera bien mantenido o que las muestras de sangre no se conservaran del modo apropiado.

 

Los problemas médicos distorsionan los resultados de las pruebas: El cansancio excesivo, el nerviosismo, las alergias, la sinusitis, así como ciertas medicinas que el acusado esté tomando podrían afectar las pruebas FST y el BAC. Además, los diabéticos y las personas que estén ayunando pueden estar en cetosis, lo cual hace que la glucosa presente en la sangre fermente, huela y se comporte como si fuera alcohol. Estos son solo algunos de los problemas médicos que pueden causar errores en las pruebas de DUI.

 

Violación de los derechos de la persona arrestada: La Constitución requiere que las personas que están siendo arrestadas sean informadas de ello sin hacérseles pensar que la policía está teniendo una conversación ordinaria con ellas. Asimismo, el Tribunal Supremo ha dictaminado que se les debe informar de sus derechos constitucionales, denominados "derechos Miranda", antes de poder ser interrogados legalmente después de su arresto. Toda violación de sus derechos cuando lo arrestan sin motivo justificado puede provocar que las pruebas en contra de usted no sean admisibles en el tribunal.

 

Usted tenía una razón válida para rehusar someterse a la prueba química: Si tiene una razón médica válida para no hacerse la prueba de sangre –por ejemplo, si tiene hemofilia– está dispensado de hacerse la prueba de sangre, pero no la de aliento. Además, en muchos casos, un buen abogado de DUI puede cuestionar con éxito el alegato de que usted rehusó hacerse la prueba, especialmente si la policía no le informó de lo que ocurriría en caso de rehusarse.

 

¿Qué sucede si me detienen manejando con la licencia suspendida por un caso de DUI?

 

Cerca de la mitad del total de los accidentes mortales de tráfico se debe a conductores con un nivel de alcoholemia del 0.15%, o más alto, y decenas de personas mueren diariamente en este país en choques relacionados con el alcohol. Por ello no es de extrañar que California y otros estados impongan sentencias especialmente duras en casos de DUI con un nivel de alcoholemia de 0.15% o más alto.

 

Por otro lado, cada año hay más de 200,000 arrestos por DUI en California y, sin tener una licencia de conducir válida, muchas personas no pueden conservar su puesto de trabajo. Por eso resulta tan esencial obtener una licencia restringida. No obstante, si usted viola los términos de la licencia restringida o no obtiene una licencia restringida y sigue manejando, habrá cometido el delito de "conducir con licencia suspendida".

 

Aquellos que sean sorprendidos por conducir con la licencia suspendida están sujetos a un mínimo de diez días en la cárcel del condado y a una multa mínima de $300. Y si es el segundo delito por conducir con la licencia suspendida, podría tener que pagar $500 o más en multas y, posiblemente, pasar 30 días encarcelado. Además, cuando la razón de la suspensión de su licencia, para empezar, se deba a un caso de DUI –especialmente un caso de DUI con agravantes– o a rehusar la prueba química, hay incluso penas adicionales que podrían aplicarse, tales como la instalación obligatoria de un dispositivo de bloqueo del arranque.

 

Por último, conducir con licencia suspendida debido a un caso de DUI constituirá una violación muy seria de su libertad probatoria, por lo cual podrían cancelar su libertad probatoria y enviarle a la cárcel por ello. Por consiguiente, aunque un buen abogado defensor puede aún ayudarle en situaciones así, es difícil no recalcar la gran importancia que tiene obedecer todas las reglas de su libertad probatoria y no manejar jamás con la licencia suspendida por DUI, sin importar lo tentador que resulte hacerlo.

 

Llámenos hoy mismo si necesita que lo defendamos en un caso de DUI.

 

En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) Jeff entiende la confusión y el temor que se sienten al afrontar una posible condena por DUI. También entiende que muchas personas inocentes son acusadas de delitos en California cada año. En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) tenemos la experiencia necesaria para lograr el mejor resultado posible en su caso.

 

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La verdad sobre este abogado

El licenciado Voll no habla por hablar sino que predica con el ejemplo cuando se trata de luchar contra el sistema de Justicia Penal. ¡Él también ha sido acusado en falso, arrestado ilícitamente e imputado de delitos muy graves como abogado! Es prueba viviente de la existencia de agentes policiales que mienten, inventan evidencia y están dispuestos a acusar a alguien en falso porque ellos mismos son unos miserables cobardes. Voll es testimonio real de que estos mismos policías cobardes y mentirosos usan soplones como informantes para promover sus cuentos de hadas sobre delincuencia. Él sabe personalmente que estos soplones harán lo que sea para sobrevivir a sus propios actos criminales por los que fueron arrestados previamente con el fin de obtener un tratamiento favorable en su propio caso. No obstante, la verdad siempre triunfa y el licenciado Voll seguirá ejerciendo la abogacía en casos penales durante los próximos 25 años. Es el único abogado penalista de California que, con la verdad por delante, puede decir que ha logrado, por sí solo, que se desechen MÁS DE 100 casos en un año. No busque más: el licenciado Voll es el abogado defensor penalista perfecto para usted o un miembro de su familia.

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