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Asesinato

¿Necesita un abogado defensor especializado en casos de asesinato en California?
El asesinato es un delito muy grave que las autoridades de California procesan judicialmente de un modo agresivo. A un acusado se le puede condenar por asesinato en primer o segundo grado. El asesinato en primer grado se produce cuando una persona mata a otra de un modo deliberado y con premeditación. El asesinato en segundo grado se produce sin premeditación. Una condena por asesinato en primer grado conlleva automáticamente una pena de cadena perpetua, con posibilidad de libertad condicional después de 25 años. Una condena por asesinato en segundo grado conlleva automáticamente una pena de cadena perpetua, con posibilidad de libertad condicional después de 15 años. Por eso resulta fundamental contratar a un abogado defensor con experiencia en casos de asesinato si se le acusa de dicho delito en California.
 
¿Cuáles son las leyes sobre asesinato en California tipificadas en el artículo 187 del Código Penal?
Según el artículo 187 del Código Penal de California, el asesinato se define como causar la muerte de otra persona o de un feto con malicia premeditada. Si a usted o a un ser querido se le acusa de un delito de asesinato en California, debe comunicarse hoy mismo con un abogado defensor con experiencia en casos de asesinato de las Oficinas Legales de Jeff Voll.
 
La "malicia premeditada" se define como:
  1. La intención consciente de causar la muerte o lesiones corporales graves a otra persona antes de cometer el delito. Esta malicia es un elemento requerido que debe probarse para establecer la existencia de asesinato en primer o segundo grado.
  2. Un estado mental general de maldad y depravación en el que la persona muestra indiferencia por la vida de los demás.
Si a usted o a un ser querido se le acusa de un delito de asesinato en California, debe comunicarse hoy mismo con un abogado defensor con experiencia en casos de asesinato de las Oficinas Legales de Jeff Voll.
 
¿Qué es la malicia expresa?
Existe malicia expresa cuando el acusado actuó con la intención ilícita de causar la muerte. En esencia, esto significa que fue un acto premeditado. La premeditación significa considerar de manera racional el momento o el método para cometer el delito, ya sea con el fin de aumentar las probabilidades de éxito o de evitar ser detectado o detenido. Un abogado especializado en casos de asesinato de las Oficinas Legales de Jeff Voll puede brindarle a usted y a su familia la orientación y el apoyo que necesitan durante este difícil proceso. No tiene por qué afrontar esta situación solo.
 
¿Qué es la malicia implícita?
Existe malicia implícita cuando están presentes los cuatro elementos indicados a continuación:
  • La persona cometió el acto de modo intencional;
  • Las consecuencias naturales del acto eran peligrosas para la vida humana;
  • En el momento de cometer el acto, l apersona sabía que el acto era peligroso para la vida humana; y
  • La persona actuó deliberadamente con indiferencia consciente hacia la vida humana.
El término "feto" se refiere a un ser humano no nacido que ha avanzado más allá de la etapa embrionaria; es decir, después de que se hayan formado las principales partes del cuerpo. Por lo general, se considera que un feto existe después de siete u ocho semanas de desarrollo. Se considera que un acto "causa" la muerte cuando la muerte es una consecuencia directa, natural y probable del acto y no se habría producido de no haberse cometido dicho acto.
 
¿Qué sucede si el asesinato fue accidental y no premeditado?
La ley de California no exige que la persona haya planeado o premeditado matar a alguien ni requiere que haya sentido animosidad hacia la víctima. Se le puede acusar de asesinato en segundo grado aunque no cometiera el asesinato con premeditación. En esta sección, los abogados le explicarán cómo puede ser procesado judicialmente por asesinato ("homicidio"). También abordaremos las posibles defensas frente a este delito y el rango de penas que podría enfrentar en caso de ser declarado culpable de infringir el artículo 187 del Código Penal.
 
Procesamiento judicial por asesinato en California
La fiscalía debe demostrar tres elementos diferentes, más allá de duda razonable, para condenar a una persona por asesinato:
  1. Los actos del acusado causaron la muerte de otra persona o de un feto;
  2. El estado mental del acusado en el momento de cometer el acto constituía malicia premeditada, y
  3. El acusado no tenía una excusa válida ni una justificación para sus actos.
 
Defensas frente a una acusación de asesinato en California
Son varias las defensas que un abogado con experiencia puede utilizar en un caso de asesinato.
El abogado Jeff Voll está altamente capacitado y posee amplios conocimientos sobre casos de asesinato; además, ha defendido con éxito durante más de 25 años a numerosos clientes acusados de asesinato en California. Existen varias posibles defensas que pueden prosperar frente a una acusación de asesinato en California. Entre ellas cabe citar las siguientes:
  • Defensa propia / Defensa de terceros
  • Enajenación mental
  • Identidad errónea
  • Asesinato accidental
  • Asesinato cometido en un arrebato de pasión
 
Defensa propia
Actuar en defensa propia de una manera razonable constituye una defensa afirmativa frente al delito de asesinato. La persona que alega haber actuado en defensa propia debe demostrar lo siguiente:
  1. Creía razonablemente que se encontraba en peligro inminente de morir o de sufrir lesiones corporales graves;
  2. Creía razonablemente que era necesario emplear fuerza letal de inmediato para defenderse de ese peligro; y
  3. No empleó más fuerza de la que era necesaria.
Consideremos el siguiente ejemplo:
Mientras caminaba a casa, Jesús se encuentra con un pandillero que le exige entregarle su reloj. Cuando Jesús vacila, el hombre se abalanza sobre él con un cuchillo. Jesús lleva legalmente una pistola y dispara contra el hombre que intenta asaltarlo, causándole la muerte. En esa situación, Jesús probablemente podría alegar que actuó en defensa propia de una manera razonable. Aunque el asaltante todavía no lo había atacado, Jesús se encontraba ante un peligro inminente de ser atacado y actuó para evitar que lo mataran o que sufriera lesiones corporales graves.
Debe recordarse que el empleo de fuerza debe guardar una relación razonable con el grado de amenaza al que se enfrenta una persona. Cuando se acusa a una persona de haber utilizado fuerza letal, la amenaza debe ser una amenaza de muerte o de lesiones corporales graves. Consideremos una situación en la que dos hombres se pelean a puñetazos afuera de un bar. De pronto, uno de los hombres saca un arma y mata al otro. En esta situación, el hombre que disparó probablemente no podría alegar defensa propia, porque no se enfrentaba a una amenaza letal que justificara el empleo de fuerza letal. Sin embargo, si el primer agresor sacara una pistola y el segundo hombre tuviera su propia pistola y disparara contra el primer agresor, causándole la muerte, la defensa propia podría ser una defensa viable.
 
Defensa propia en una vivienda
Existe un criterio diferente cuando se alega que alguien actuó en defensa propia contra una persona que ha irrumpido en su hogar. Se puede recurrir a la defensa propia, incluso al empleo de fuerza letal, si una persona se encuentra en su hogar y se cumplen los siguientes requisitos:
  1. La persona creía razonablemente que se estaba defendiendo de un acto de violencia en su hogar.
  2. La persona creía que el peligro era inminente.
  3. El acusado creyó que el empleo de fuerza letal era necesario; y
  4. El acusado no empleó más fuerza de la que era razonablemente necesaria.
En aquellos casos en los que las personas son amenazadas en su hogar, no es necesario que demuestren que temían sufrir una lesión corporal grave o la muerte, siempre que puedan demostrar que fueron amenazadas con violencia mientras se encontraban en su hogar y que actuaron razonablemente al emplear fuerza letal.
 
Enajenación mental
En aquellos casos en los que un acusado padece un trastorno mental que le impide comprender que sus actos son moralmente erróneos, puede declararse no culpable por razón de enajenación mental. Para demostrar que un acusado no es culpable de asesinato por razón de enajenación mental, según lo prescrito por la ley, el acusado debe probar con suficiencia lo siguiente:
  1. Cuando cometió el delito, padecía un defecto o enfermedad mental; y
  2. Debido a ese defecto mental, era incapaz de comprender que su conducta era moral o legalmente incorrecta.
La declaración de no culpable por razón de enajenación mental de un acusado puede hacerse además de una declaración de no culpable. Cuando un acusado que se ha declarado no culpable por razón de enajenación mental y no culpable del cargo subyacente llega a juicio, el proceso se divide en dos fases. Primero tiene lugar la fase de culpabilidad, en la que el jurado debe determinar si la fiscalía ha demostrado la culpabilidad del acusado más allá de duda razonable. Si el jurado declara culpable al acusado, el juicio pasa entonces a la "fase de enajenación mental".
Si un acusado es declarado no culpable por razón de enajenación mental, no queda automáticamente en libertad ni deja de estar sujeto a supervisión judicial por haber cometido el delito. En su lugar, el acusado puede permanecer internado en una institución de salud mental por un período máximo equivalente al tiempo durante el cual podría haber estado privado de libertad por haber cometido el delito. En el caso de un acusado imputado de asesinato y declarado no culpable por razón de enajenación mental, este podría, potencialmente, permanecer internado en una institución de salud mental por el resto de su vida. El tribunal debe mantener al acusado internado en un centro de tratamiento psiquiátrico durante un mínimo de 180 días.
 
Ejemplo:
Lupe padece problemas de salud mental, entre ellos esquizofrenia paranoide. Un día oye voces que le dicen que el mundo se está acabando y que debe matar a su amiga o si no ella morirá. Entonces mata a su amiga mientras se encuentra en un estado delirante. En el juicio, Lupe podría ser declarada no culpable por razón de enajenación mental si el jurado considerara que su trastorno mental le impedía determinar que matar a su amiga estaba mal.
 
Identidad errónea
Un ejemplo de defensa frente a un cargo de asesinato es que, aunque haya ocurrido una muerte, la policía haya detenido a la persona equivocada. La identidad errónea puede producirse de varias maneras.
Un ejemplo es una identificación defectuosa por parte de un testigo presencial. Por ejemplo, un testigo selecciona de una rueda de fotografías a una persona que cree que fue quien cometió el asesinato, pero selecciona a la persona equivocada. Varios estudios han demostrado que las identificaciones erróneas por parte de testigos presenciales son la causa de aproximadamente un tercio de las condenas injustas.
Un caso destacado en el que la identificación de un testigo presencial condujo a una condena injusta es el caso de la corredora de Central Park, en el que una mujer fue agredida y violada mientras hacía jogging por Central Park. Cinco adolescentes fueron arrestados, acusados y condenados por la agresión debido a una identificación errónea, a pesar de que su ADN no coincidía con el ADN encontrado en la escena del crimen. Años después fueron puestos en libertad cuando nuevas pruebas de ADN demostraron que el delito había sido cometido por un hombre que ya había sido condenado anteriormente por asesinato.
 
Asesinato accidental
Debido a que una condena por asesinato requiere que el acusado haya matado intencionalmente a la otra persona, constituye una defensa frente a un cargo de asesinato el que el acusado haya matado accidentalmente a la otra persona. Consideremos el siguiente ejemplo: dos hombres están cazando conejos; mientras limpia su rifle de caza, el primer hombre dispara accidentalmente el arma, alcanzando y matando al segundo hombre. Como no tenía la intención de dispararle al otro hombre, no debería ser declarado culpable de asesinato.
 
Asesinato cometido en un arrebato de pasión
Una persona que mata a otra mientras actúa en un arrebato de pasión no es culpable de asesinato. Una persona que invoca la defensa basada en un arrebato de pasión debe demostrar lo siguiente:
  • el acusado actuó en un arrebato de pasión
  • la persona que murió provocó al acusado
  • el acusado no se aprovechó injustamente de la persona que murió
  • el acusado no utilizó un arma peligrosa
  • el acusado no mató a la otra persona de una manera cruel
  • el acusado no tenía la intención de matar a la otra persona
  • el acusado no actuó con negligencia criminal
Consideremos el siguiente ejemplo:
Jesús está sentado en su automóvil cuando se le acerca un hombre que le apunta con una pistola y le exige su dinero y su reloj de pulsera. Después de entregarle el dinero y las joyas al asaltante, Jesús lo sigue y se enzarza en una pelea a puñetazos en la que golpea varias veces al asaltante y le causa la muerte. Esta situación podría constituir una defensa basada en un arrebato de pasión porque las acciones de Jesús se debieron al estrés de haber sido víctima de un robo apenas unos momentos antes; una situación que podría llevar a una persona a experimentar una emoción intensa que nuble su capacidad de razonar o juzgar. Sin embargo, si después de entregar sus objetos de valor, Jesús decide sacar su pistola del maletero, perseguir al hombre, dispararle y matarlo, podría ser acusado y condenado por asesinato.
 
Sentencia y penas por una condena por asesinato en California
La sentencia y las penas por una condena por asesinato en California son severas. Usted podría ser condenado a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional ("LWOP", por sus siglas en inglés) en una prisión estatal o, posiblemente, a la pena de muerte. También podría afrontar una demanda por muerte por negligencia en un tribunal civil, lo cual podría resultar en una indemnización de millones de dólares a favor de la familia de la víctima o víctimas. Consultar con un abogado especializado en casos de asesinato, con experiencia y dispuesto a defender su caso de manera agresiva, en las primeras etapas de la investigación o tras su arresto es la manera más eficaz de evitar estas penas, las cuales podrían cambiar su vida para siempre.
 
Hable hoy con un abogado especializado en casos de asesinato
Cuando usted o un ser querido enfrenta cargos de asesinato en California, es posible que solo tenga una oportunidad de contratar al bufete de abogados de defensa penal con mayor experiencia en este tipo de casos. Investigue antes de decidir qué bufete de abogados le proporcionará a usted o a su ser querido la mejor defensa posible. El abogado Jeff Voll cuenta con más de 25 años de experiencia en casos de asesinato en todos los tribunales del sur de California. No recurre a abogados asociados y representa personalmente a cada uno de sus clientes. Si usted o un ser querido enfrenta cargos de asesinato, debe comunicarse hoy mismo con las oficinas legales de Jeff Voll. Él puede brindarle la defensa más contundente posible y ayudarle a ganar su caso. Llame hoy mismo al 323-467-6400 para una consulta telefónica gratuita. Juntos superaremos esta situación. 

La verdad sobre este abogado

El licenciado Voll no habla por hablar sino que predica con el ejemplo cuando se trata de luchar contra el sistema de Justicia Penal. ¡Él también ha sido acusado en falso, arrestado ilícitamente e imputado de delitos muy graves como abogado! Es prueba viviente de la existencia de agentes policiales que mienten, inventan evidencia y están dispuestos a acusar a alguien en falso porque ellos mismos son unos miserables cobardes. Voll es testimonio real de que estos mismos policías cobardes y mentirosos usan soplones como informantes para promover sus cuentos de hadas sobre delincuencia. Él sabe personalmente que estos soplones harán lo que sea para sobrevivir a sus propios actos criminales por los que fueron arrestados previamente con el fin de obtener un tratamiento favorable en su propio caso. No obstante, la verdad siempre triunfa y el licenciado Voll seguirá ejerciendo la abogacía en casos penales durante los próximos 25 años. Es el único abogado penalista de California que, con la verdad por delante, puede decir que ha logrado, por sí solo, que se desechen MÁS DE 100 casos en un año. No busque más: el licenciado Voll es el abogado defensor penalista perfecto para usted o un miembro de su familia.

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