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Ex delincuente con un arma de fuego

El artículo 29800(a)(1) del Código Penal de California prohíbe a aquellas personas ya condenadas por un delito mayor (o personas con órdenes de arresto pendientes por delitos mayores) poseer, comprar o ser propietarias de armas de fuego en California. Las condenas por este artículo son delitos mayores penados por un máximo de 3 años en la cárcel o en prisión. El delito se conoce comúnmente como “delincuente condenado por delito mayor con arma de fuego” o “delincuente condenado por delito mayor en posesión de arma de fuego”.

El artículo 29800(a)(1) indica que: “Toda persona que haya sido condenada por un delito mayor, o que tenga una orden de arresto pendiente por un delito mayor, de conformidad con las leyes de los Estados Unidos, el estado de California, o cualquier otro estado, gobierno o país, o que sea adicto a una droga narcótica, y que sea propietario, compre, reciba o tenga en su posesión o bajo su custodia o control un arma de fuego cualquiera es culpable de un delito mayor”.

El artículo 29800 del Código Penal prohíbe que los siguientes tres grupos de personas posean armas de fuego:

* Personas que hayan sido condenadas por un delito mayor en cualquier lugar (o que tengan una orden de arresto pendiente por un delito mayor),

* Personas que sean adictas a una droga narcótica,

* Personas que hayan sido condenadas por delitos violentos con arma de fuego.

El fiscal tiene que probar los siguientes tres elementos del delito para que puedan hallar culpable de estar en posesión de un arma de fuego a un delincuente condenado por delito mayor:

El acusado pertenece a una de las categorías arriba indicadas,

El acusado compró, poseyó, recibió o era propietario de un arma de fuego, y

El acusado sabía que había un arma de fuego presente.

Ejemplos

* Tratar de comprar un rifle cuando la persona tiene una orden de arresto por un caso de robo mayor imputado como delito mayor,

* Portar una pistola en un carro tras haber sido condenado por abuso de personas mayores como delito mayor,

* Tener una escopeta después de haber sido condenado por un delito mayor.

Defensas legales

Una persona tiene el derecho de oponerse a un cargo de acuerdo con el presente estatuto por medio de una defensa legal. Figuran a continuación algunas defensas comunes mediante las cuales los acusados pueden demostrar que:

Caso real núm. 1

En el caso de El Ministerio Público contra G.S., Caso YA104165, mi cliente, G.S., estaba manejando sin meterse con nadie por las calles de la ciudad cuando un agente del sheriff del sur de Los Ángeles lo paró por DWB (“conducir siendo negro”). La cosa es que mi cliente tiene un BMW 740i que causa envidia a cualquiera. La razón de la parada fue que el vehículo no tenía la placa delantera. Cuando el agente se acercó al carro, se vio a mi cliente estirar el brazo para agarrar un objeto entre los asientos; esto quedó grabado en la cámara que el agente llevaba puesta. El agente le ordenó abrir la mano, pero él no hizo caso. Se produjo un forcejeo, llegaron más agentes y a G.S. lo tumbaron al suelo; le abrieron la mano a la fuerza y vieron que traía una bolsa grande de MDMA (Éxtasis) y diecisiete bolsitas de cocaína en polvo empaquetadas individualmente. Se procedió al registro del vehículo y encontraron una pistola fantasma, dos teléfonos celulares, una funda de pistola y $1,736 en efectivo. A G.S. lo acusaron de ser un delincuente condenado por un delito mayor que estaba en posesión de un arma de fuego y posesión de narcóticos con fines de venta. Hubo un juicio de seis días de duración en el tribunal de Torrance en el que se absolvió a mi cliente de todos los cargos. 

Penas

En California, el incumplimiento de este artículo se imputa como delito mayor, en lugar de delito menor o infracción.

Como delito mayor categórico, el acusado puede ser condenado a:

reclusión en la cárcel del condado por un máximo de tres años; y/o una multa máxima de $10,000.

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