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El Proceso De Los Delitos Mayores

Delitos mayores: El proceso desde la instrucción de cargos hasta la apelación
 
Instrucción de cargos
 
La instrucción de cargos en un juicio por delito mayor sigue el mismo proceso que en un juicio por delito menor. Se fija la fianza, se establece la identidad del acusado y se confirman los cargos y el abogado oficial. La instrucción de cargos es una mera formalidad antes del juicio. Muy pocos casos se desechan en la instrucción de cargos.
 
Seis cosas que deben hacerse después de la instrucción de cargos:
 
1. El abogado defensor debe defender vigorosamente los intereses de su cliente. Haga clic en mi Página de resultados para comprobar cómo conseguimos nuestros objetivos.
2. El abogado defensor debe presentar todas las opciones a su cliente e indicar sus recomendaciones y opinión profesional.
3. El abogado defensor debe preparar a su cliente completamente para cada paso del proceso legal.
4. El abogado defensor debe examinar todas las posibilidades referentes a la
defensa, entrevistar a todos los testigos y examinar las pruebas a favor del cliente.
5. El abogado defensor debe establecer un hilo temático de defensa, es decir una
firme estrategia y un curso de acción para presentar duda razonable o, en su lugar, minimizar las consecuencias o la pena.
6. El abogado defensor debe reunir todas las pruebas y preparar e identificar a los posibles testigos.

Diligencias previas a la audiencia preliminar

La fiscalía y la defensa mantienen una reunión en la que hablan, en la mayoría de los estados, de las oportunidades de llegar a una declaración de culpabilidad negociada, los puntos fuertes y débiles de los alegatos de la fiscalía y los factores intangibles del caso, tales como el carácter del acusado y su historial.
 
Audiencia preliminar ("minijuicio")
 
En la audiencia preliminar el juez decide si existen pruebas suficientes para enviar el caso a juicio en el tribunal superior. El juez examina:
1. Si existe causa razonable para pensar que se ha cometido un delito, y
2. Si existe causa razonable para pensar que la persona que comparece ante el juez es la que ha cometido el delito.
 
Es muy raro que el juez contradiga a la fiscalía y deseche el caso. De hecho, la fiscalía o el juez pueden agregar cargos adicionales al caso en esta audiencia. La duración de la audiencia preliminar varía según el estado. Puede durar tres horas o puede que en ella se hagan sólo tres preguntas.
 
El abogado defensor puede usar la audiencia preliminar como una sesión estratégica. El nivel de prueba es menor durante la audiencia preliminar que durante el juicio. El juez utiliza la audiencia preliminar para cerciorarse de que existan pruebas suficientes para examinar el caso. En la audiencia preliminar se evalúa la duda razonable y los hechos del caso.
 
Ocho cosas que se deben esperar en la audiencia preliminar:
 
1. Las audiencias preliminares son más cortas que los juicios.
2. En la audiencia preliminar no se determina la veracidad de los hechos.
3. La meta de la audiencia preliminar es evaluar los alegatos de la fiscalía.
4. En la audiencia preliminar la fiscalía sólo está obligada a demostrar "causa razonable".
5. La audiencia preliminar se lleva a cabo ante un juez. No habrá jurado en la sala.
6. Aunque el juez decida que el acusado debe responder de los cargos en juicio, eso no significa que sea culpable.
7. Ni la fiscalía ni la defensa presentarán todos sus alegatos; se reservarán su estrategia para el juicio.
8. Se contrainterrogará a los agentes de policía o a los testigos.
 
 
Instrucción de cargos en el Tribunal Superior
 
Se lleva a cabo la instrucción de cargos del acusado y éste se declara culpable, no culpable o no me opongo. En la instrucción de cargos se establece la identidad del acusado, se fija la fianza y se confirman los cargos y el abogado oficial.
 
Conferencia previa al juicio
 
La conferencia previa al juicio es un encuentro formal para tratar de resolver el caso mediante negociación. La fiscalía podría ofrecer una sentencia alternativa. Se podría rebajar el cargo. Podría reducirse el número de los cargos por delito mayor. Podría acordarse una pena menor para el mismo cargo. En la conferencia previa al juicio se presentan pruebas, se solicitan peticiones, se identifican asuntos de procedimiento, se intercambian listas de testigos y se negocia una posible declaración de culpabilidad. La mayoría de los casos que no van a juicio se resuelven mediante declaración de culpabilidad negociada en la conferencia previa al juicio.
 
Qué se debe esperar en la conferencia previa al juicio:
 
· La defensa presenta alegatos legales en favor del acusado.
· Se procede a otra revelación de pruebas.
· Se establecen pruebas legales y de hecho.
· Se debate la suficiencia de las pruebas.
· Se examina la suficiencia de los hechos.
· Se examinan los puntos fuertes y débiles de los testigos.
· Se presentan asuntos relacionados con las pruebas.
· Se presentan y se oyen peticiones.
 
Ejemplos de peticiones que el abogado defensor puede presentar y debatir en la conferencia previa al juicio:
 
· Para suprimir pruebas, basándose en la violación de los derechos constitucionales del acusado
· Para desechar la acusación y la denuncia
· Para obligar a la revelación de pruebas
· Para separar las imputaciones de los cargos
· Para desechar el caso por demora en los plazos del juicio
· Para modificar o reducir la fianza
· Para delimitar la imputación
· Para reducir los cargos
· Para cambiar la jurisdicción
· Para anular un antecedente
· Para conservar pruebas
· Para examinar un expediente policial
 
Juicio
 
Las reglas referentes a juicio son diferentes de un estado a otro. Indicar aquí todas las situaciones posibles que podrían ocurrir en el juicio sería demasiado extenso. Algunos estados permiten elegir entre un juicio ante juez o ante jurado. Otros no permiten que el acusado tenga un juicio ante jurado en casos de delito menor. El número de miembros del jurado varía según el estado. No obstante, en California una persona tiene el derecho de ser juzgado por un jurado de 12 de sus conciudadanos.
 
El juicio ante jurado es la fase del proceso en la que se determinan los hechos ocurridos. El caso penal se somete a examen y se resuelve. En el juicio se decide si el acusado es inocente o culpable. A diferencia de una resolución negociada, mediante la cual el caso termina antes de ir a juicio, llevar el caso a juicio entraña riesgos tanto para la fiscalía como para la defensa. Ni una ni otra parte sabe quién saldrá ganando. El juicio comienza con la declaración inicial de la fiscalía. La defensa podrá realizar una declaración inicial o reservársela hasta que comience a exponer los alegatos de descargo. La fiscalía presenta sus alegatos en apoyo de los cargos y después concluye su intervención. A continuación, la defensa presenta sus alegatos para rebatir los cargos y después concluye su intervención. Con los argumentos finales de ambas partes se cierra la parte de presentación del juicio. El jurado entonces se retira a deliberar la inocencia o culpabilidad del acusado.
 
En un juicio suele suceder lo siguiente:
 
· Selección del jurado
· Declaraciones iniciales presentadas por la fiscalía y la defensa
· La fiscalía presenta sus alegatos
· La defensa procede al contrainterrogatorio
· La defensa presenta sus alegatos
· La fiscalía procede al contrainterrogatorio
· La fiscalía y la defensa presentan sus argumentos finales
· La fiscalía, la defensa y el juez deciden qué instrucciones específicas dar al jurado
· El juez instruye al jurado acerca de las reglas
· El jurado delibera
· El jurado emite su veredicto
 
Absolución/Veredicto de no culpable
 
Las dos palabras que a los abogados les encanta oír: "No culpable". Otras dos casi tan buenas: "Caso desechado".
 
Audiencia de sentencia
 
El juez determina la gravedad y tipo de pena en una audiencia de sentencia. Generalmente se permite que hablen los testigos, quienes solicitan una sentencia más ligera o más dura. El acusado también puede dirigirse al juez.

El acusado puede ser sentenciado a libertad probatoria en lugar de cárcel o prisión. No obstante, es posible que se le ordene cumplir un plazo de tiempo en una cárcel local como parte de su libertad probatoria. Si una persona viola su libertad probatoria, podrá ser encarcelada.
 
Libertad probatoria formal significa que un oficial de probatoria supervisa a la persona.
La libertad probatoria informal no implica supervisión.
 
Si no se concede libertad probatoria, existe normalmente una gama de tres plazos en prisión por cada DELITO MAYOR: el plazo bajo, el plazo medio y el plazo alto. Los abogados debaten cuál de los plazos es el apropiado según los hechos de cada caso en particular. La última palabra la tiene el juez, quien posee gran libertad de acción.
 
La sentencia se puede modificar si una parte de la misma no se puede aplicar al caso en particular. Supongamos, por ejemplo, que a un acusado se le declara culpable de abuso conyugal y en la sentencia se le ordena que no tenga contacto alguno con su esposa. Si la pareja se reconcilia, sería apropiado solicitar que el juez "modificara" la sentencia del acusado.
 
Siete cosas que deben considerarse en relación con la sentencia:
 
1. El juez es casi siempre el que determina la pena.
2. El juez podría estar obligado a seguir ciertas pautas específicas al pronunciar la sentencia.
3. La octava enmienda de la Constitución de los EE.UU. establece que la pena no puede ser cruel ni desacostumbrada.
4. Factores tales como la ausencia de antecedentes penales, una conducta pública favorable, así como las responsabilidades personales o profesionales del acusado, podrían persuadir al juez para imponer una sentencia menos dura.
5. Los antecedentes penales, el empleo de un arma peligrosa, los vínculos con pandillas, el grado de los daños o de las pérdidas económicas y el tipo de condena podrían persuadir al juez para imponer una sentencia más dura.
6. Los jueces casi siempre imponen sentencias más duras a aquellos acusados que ya han sido condenados anteriormente por lo mismo.
7. Si el acusado no piensa apelar el caso, éste podría ser el momento adecuado para admitir responsabilidad con el fin de convencer al juez de que le imponga una sentencia menos dura.
 
Circunstancias que podrían tener un efecto adverso en la sentencia:
 
(1) Antecedentes penales
 
Los antecedentes penales del acusado se tienen muy en cuenta al determinar una condena alternativa o más leve dentro del extremo inferior de las pautas de imposición de condenas. Los antecedentes penales también pueden afectar el nivel de seguridad del centro penitenciario al que se enviará al acusado como consecuencia de la condena. La mayoría de los centros correccionales utilizan un sistema de puntos que no favorece a los acusados con antecedentes, quienes no reciben las mismas deducciones de tiempo en sus condenas. Por otro lado, los acusados sin antecedentes son condenados frecuentemente a campamentos o centros comunitarios en lugar de penitenciarías.
 
(2) Agravantes
 
La mayoría de los estados disponen de estatutos que establecen penas más severas si en la comisión de un delito el acusado utilizó un arma peligrosa o letal, si el acusado causó lesiones corporales serias o permanentes o si el delito se cometió en contra de niños o ancianos. Los agravantes incrementan por lo general las penas de las sentencias. En algunos estados los agravantes no son un cargo separado y se consideran parte del delito primario, tal como robo a mano armada.
 
Alternativas a la condena
 
En lugar de condenas en la cárcel, a veces es posible negociar lo siguiente:
· Programas de desintoxicación
· Arresto domiciliario electrónico supervisado
· Centros de tratamiento residencial
· Sesiones de consejos
· Programas de trabajo durante los fines de semana
· Servicio comunitario
 
Consecuencias colaterales de una condena
 
Además de la sentencia impuesta por el juez, una condena puede tener una serie de consecuencias independientes. En casos por delito mayor, estas consecuencias pueden incluir, aunque sin limitarse a ellas, lo siguiente:
 
· Pérdida del derecho de voto
· Pérdida del derecho de tenencia de armas de fuego de cualquier tipo
· Pérdida del derecho de asociarse con delincuentes conocidos
· Registro como delincuente por delitos de sexo

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La verdad sobre este abogado

El licenciado Voll no habla por hablar sino que predica con el ejemplo cuando se trata de luchar contra el sistema de Justicia Penal. ¡Él también ha sido acusado en falso, arrestado ilícitamente e imputado de delitos muy graves como abogado! Es prueba viviente de la existencia de agentes policiales que mienten, inventan evidencia y están dispuestos a acusar a alguien en falso porque ellos mismos son unos miserables cobardes. Voll es testimonio real de que estos mismos policías cobardes y mentirosos usan soplones como informantes para promover sus cuentos de hadas sobre delincuencia. Él sabe personalmente que estos soplones harán lo que sea para sobrevivir a sus propios actos criminales por los que fueron arrestados previamente con el fin de obtener un tratamiento favorable en su propio caso. No obstante, la verdad siempre triunfa y el licenciado Voll seguirá ejerciendo la abogacía en casos penales durante los próximos 25 años. Es el único abogado penalista de California que, con la verdad por delante, puede decir que ha logrado, por sí solo, que se desechen MÁS DE 100 casos en un año. No busque más: el licenciado Voll es el abogado defensor penalista perfecto para usted o un miembro de su familia.

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