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Suspensión de la licencia por parte del DMV por un tercer delito

Si lo han arrestado recientemente por un delito de DUI y ya tiene en sus antecedentes penales dos casos anteriores de DUI, las consecuencias potenciales de una tercera condena pueden ser extremadamente graves. Sin embargo, la idea de que defenderse contra un tercer caso de DUI es inútil es algo, sencillamente, falso, y con un buen abogado de DUI las posibilidades de conseguir un resultado favorable aumentan considerablemente.

En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) no solo tenemos muchos años de experiencia dedicados a la protección de las licencias de nuestros clientes en casos más fáciles –por ejemplo, primeros delitos de DUI– sino que somos también plenamente capaces de encargarnos con éxito de casos más difíciles, incluidos terceros delitos de DUI.

Si el DMV le ha suspendido su licencia de conducir por tercera vez debido a un caso de DUI, no debe perder tiempo alguno para obtener ayuda legal competente. Llámenos a cualquier hora y día de la semana al 323-467-6400 y le asistiremos con sumo agrado.

Definición de un tercer caso de DUI

El artículo 23152 del Código de Vehículos de California especifica que las personas condenadas por un tercer delito de DUI sufrirán penas más duras en comparación con primeros y segundos delitos de DUI.

Es importante advertir que una condena tanto por un caso de DUI en sí como de wet reckless (conducir de manera imprudente con presencia de alcohol) cuenta como "antecedente por DUI" en lo referente a los estatutos de DUI. Y los dos delitos previos deben haber ocurrido en los 10 años anteriores a la posible tercera condena, contando desde las fechas de los arrestos (en lugar de las fechas de las condenas).

Posibles penas por un tercer caso de DUI

Un tercer caso de DUI sigue siendo un delito menor, a no ser que haya factores agravantes específicos que lo conviertan en delito mayor, aunque los elementos comunes de las sentencias son relativamente severos. Entre ellos se incluyen los siguientes:

* En la mayoría de los casos, un mínimo de 120 días de encarcelamiento, aunque, en todos los casos, un máximo de hasta 12 meses en la cárcel del condado. No obstante, si el acusado se negó a hacer la prueba química, se agregarán 10 días extra de cárcel. Adviértase, sin embargo, que un buen abogado podría convertir el período de cárcel en servicio comunitario o arresto domiciliario.

* De tres a cinco años de libertad probatoria por DUI. Y toda violación de los términos de la libertad probatoria puede, potencialmente, acarrear sanciones adicionales o incluso hasta un año de cárcel, menos el tiempo en la cárcel ya cumplido que se impuso en la sentencia inicial.

* Registrarse como delincuente habitual de tráfico (conocido en inglés con las siglas HTO) por un plazo de 3 años, lo cual provocará sentencias más duras por aquellos delitos de tráfico cometidos mientras esté vigente la categoría HTO. 

* Pérdida de la licencia de conducir de California durante un total de tres años. Sin embargo, quizás sea posible obtener una licencia restringida y, en tal caso, deberá instalar en su vehículo un dispositivo de bloqueo del arranque (IID, por sus siglas en inglés). El IID tiene que seguir usándose durante los dos años posteriores al término de la suspensión de la licencia. Es obligatorio que sea una compañía aprobada por el estado la que suministre, mantenga y supervise el dispositivo IID. Usted tendrá que pagar todo esto de su propio bolsillo, pudiéndose elevar el gasto a entre $500 y $1,500.

* Finalizar una clase de DUI en un programa aprobado por el estado, cuya duración y tipo puede variar de un caso a otro dependiendo de diversos factores.

* Una multa de entre $390 y $1,000. No obstante, una vez agregadas las tasas, la suma total es normalmente de unos $1,900.

Los agravantes de sentencia que puede aplicarse a terceros casos de DUI incluyen:

* Treinta días adicionales en la cárcel del condado si un menor de 14 años estaba presente en el vehículo durante el incidente de DUI. Esto se considera “puesta en peligro de menores” conforme al artículo 23572 del Código de Vehículos.

* Sesenta días adicionales de encarcelamiento si la persona iba conduciendo a velocidad excesiva durante el incidente de DUI, especialmente si la velocidad era excesiva para el tipo de carretera en la que iba el automóvil (autopista vs. ciudad) y si el conductor sobrepasó por mucho el límite de velocidad.

* Pena adicional en la cárcel por tener un BAC de 0.15% o más alto. Esto es casi el doble de lo permitido por ley, es decir, 0.08%, y es la marca que indica un nivel de BAC “excesivo”.

* Incautación del vehículo. La duración y costo de la incautación pueden variar, aunque, aparte del aspecto monetario, también hay que tener en cuenta las molestias sufridas.

* En casos extremos, pérdida de la licencia de conducir hasta un máximo de 10 años.

Cuando hay presentes factores agravantes como los que acabamos de mencionar, será mucho más difícil evitar que la sentencia no incluya cárcel. No obstante, un buen abogado de DUI, como Jeff Voll, podría aún convertirla a otra cosa o, al menos, reducir la pena carcelaria.

Si en un caso cualquiera de DUI, incluidos los terceros delitos, se causan daños corporales o se mata a alguien, las acusaciones se imputarán como delito mayor. Si una persona tiene una condena anterior por DUI como delito mayor, el nuevo caso también se convierte en delito mayor. Sin embargo, conforme a las leyes de California, solo un quinto caso de DUI es automáticamente un delito mayor, independientemente de otros factores.

Suspensiones de la licencia de conducir en terceros casos de DUI

Como ocurre en cualquier otro caso de DUI, el agente que lo arrestó confiscó y suspendió su licencia de conducir, y le dio a cambio un “papel rosado” (en inglés, pink slip) que le sirve como licencia temporal durante 30 días o hasta que tenga lugar la audiencia con el DMV (si es que usted solicitó dicha audiencia en un plazo no superior a diez días a partir de la fecha del arresto). Recuerde que los “10 días” no son días hábiles sino que incluyen fines de semana y días feriados. Tenga en cuenta, además, que su abogado de DUI puede normalmente llamar al DMV por usted y no solo fijar la fecha de la cita de la audiencia sino asegurarse asimismo de que pueda conducir legalmente hasta el día de la audiencia, aunque se pase de la fecha de 30 días indicada en el “papel rosado”.

Si gana la audiencia ante el DMV, recuperará la licencia de conducir inmediatamente. No obstante, si desea conservarla, también tiene que ganar el caso en el tribunal (si lo hubiera), ya que al tener una condena por DUI en el tribunal su privilegio de conducir quedará suspendido de modo automático. Si pierde la audiencia del DMV, se activa de inmediato la suspensión de la licencia durante tres años.

En ciertos casos es posible que, a fin de cuentas, la suspensión de la licencia sea de un año si usted se sometió a la prueba química. Sin embargo, si no se sometió a la prueba química, una condena por DUI puede provocar la pérdida de la licencia durante tres años completos, así como la imposibilidad de recibir una licencia restringida.

Defensas contra un tercer cargo de DUI

Las estrategias básicas de defensa utilizadas para ganar terceros delitos de DUI son las mismas que para cualquier otro delito de DUI, excepto que podría intentarse anular un caso previo, para que el jurado no lo tenga en cuenta, basándose en tecnicismos legales (lo cual, de hecho, reduciría el cargo a un segundo o primer delito de DUI).

Entre las principales defensas utilizadas en las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) se incluyen las siguientes:

(1) Parar el vehículo o proceder al arresto sin motivo justificado. Sin una causa válida para pararlo, arrestarlo o registrar su vehículo, la evidencia así obtenida se puede invalidar en el tribunal y el caso se desecharía.

(2) No se le leyeron los derechos Miranda o los derechos del acusado no fueron respetados de alguna otra manera durante el arresto. No se puede interrogar legalmente a nadie a menos de haber informado a la persona de que está arrestada y de habérsele leído los derechos constitucionales (derechos Miranda). Hay que tener cuidado porque la policía dirá que usted no estaba arrestado cuando respondió a esas preguntas; de esa manera, las respuestas que dé a los agentes, tal como “Solo tomé dos cervezas”, pueden usarse en contra de usted.

(3) El informe policial es defectuoso o incompleto, o el agente que lo arrestó y escribió el informe tiene un historial policial que indica que no es de fiar. Si el agente que lo arrestó tiene fama de no decir la verdad en sus informes policiales, esto jugaría en favor de usted, ya que podríamos cuestionar su testimonio.

(4) El alcoholímetro no se utilizó adecuadamente o no se mantuvo en buenas condiciones. El agente debe haber recibido la formación necesaria para usar el tipo específico de aparato, debe haberlo calibrado apropiadamente y debe existir un registro de mantenimiento válido que pueda inspeccionarse.

(5) El nivel de alcohol del acusado seguía subiendo cuando se le hizo la prueba y, por lo tanto, es posible que, mientras iba conduciendo, tenía menos de 0.08% de alcohol.

(6) Las muestras sanguíneas de la prueba de sangre realizada para determinar el nivel de alcohol no se conservaron adecuadamente y podrían haberse contaminado. Los protocolos del Título 17 regulan con mucho detalle la extracción y almacenamiento de la muestra de sangre.

(7) El resultado de la prueba de alcohol era del 0.8% o ligeramente más alto y es fácil que, si se vuelve a analizar de modo independiente, el resultado sea más bajo. (Los policías tienen la obligación de tomar una muestra de sangre adicional en el momento de la extracción, de modo que el abogado pueda verificar los resultados del análisis realizado en el laboratorio policial).

(8) El vehículo del acusado estaba estacionado cuando lo arrestaron. El agente no vio realmente al acusado manejar un vehículo de motor en estado de ebriedad.

Hay muchas otras defensas que el abogado Jeff Voll sabe emplear bien; son demasiadas para listarlas aquí. Mi objetivo es adaptar cada una de las estrategias de defensa a los aspectos específicos de cada caso en particular en lugar de utilizar un enfoque estandarizado. Y mi familiaridad con los tribunales, jueces y fiscales del área de Los Ángeles me ofrece una ventaja considerable al saber qué enfoque será el más efectivo en cada situación.

En ciertas ocasiones, cuando lograr una clara victoria sea imposible debido a que los hechos del caso son espantosos (p. ej., conducir de noche por la autopista en sentido contrario al del tráfico y con las luces apagadas) utilizamos nuestras habilidades como negociadores para lograr que solo le restrinjan la licencia, que le reduzcan la condena carcelaria –o se la conviertan a servicio comunitario– o que le reduzcan el cargo a conducir de manera imprudente con o sin presencia de alcohol (wet o dry reckless). Lo fundamental es no rendirse jamás y luchar siempre por obtener el mejor resultado posible en su caso.

Adviértase asimismo que a menudo es posible, como parte del convenio declaratorio, que al final se borre de su hoja de antecedentes un tercer delito de DUI. Una vez que haya cumplido los términos de la sentencia y de la libertad probatoria, podemos ayudarle a solicitar que el juez evalúe su caso y borre el caso de DUI de su hoja de antecedentes penales. Si el juez accede, usted podrá rescindir su declaración previa de culpabilidad y declararse en su lugar “no culpable” para que el caso quede oficialmente desechado.

Alternativas a la cárcel y a la libertad probatoria en un tercer caso de DUI

En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) conocemos todas las opciones a su disposición cuando afronta una tercera condena por un caso de DUI. Muchos abogados leen sin más el estatuto que requiere una condena carcelaria mínima de 120 días y se dan por vencidos. Nosotros, no. Aunque somos realistas, también nos esforzamos al máximo por salvar su futuro.

Lo cierto es que, después de la audiencia con el DMV, y si le encuentran culpable del tercer caso de DUI, el juez tiene completa discreción para imponerle una condena en la cárcel del condado de 120 días o más larga. En el condado de Los Ángeles, por ejemplo, existe un programa denominado 30/30 que permite que las personas condenadas varias veces por casos de DUI cumplan solamente 30 días en la cárcel del condado (o incluso bajo arresto domiciliario con seguimiento electrónico) y completen un programa de tratamiento contra el alcoholismo/servicio comunitario de 30 meses de duración. La mayoría de los abogados de DUI ni siquiera son conscientes de la existencia de este programa, pero nosotros sí.

En los condados de Orange, Ventura, San Bernardino y Riverside, sin embargo, los delincuentes con varios casos de DUI reciben un tratamiento más estricto que en la mayor parte del sur de California. Varía de un condado a otro e incluso de tribunal a tribunal. No obstante, incluso en esos condados, existen otras posibilidades, como el llamado Tribunal de DUI si el acusado puede comparecer en él 5 o 6 veces por semana durante un periodo de tiempo, y a veces hasta arresto domiciliario con o sin tratamiento residencial.

Las alternativas a las condenas carcelarias incluyen también vivir en un centro residencial de vida sobria, donde se pasan las noches, pudiendo trabajar durante el día, siempre que se lleve puesta en todo momento una tobillera SCRAM que detecta la presencia de alcohol en el sudor de la persona. No todos los acusados pueden optar a todos los posibles programas disponibles, razón por la cual usted necesita a un abogado de DUI que entienda todas las posibilidades y cuáles de ellas es posible obtener en su caso.

Si se le concede libertad probatoria, esta durará de 3 a 5 años, posiblemente más tiempo del que durará la suspensión de su licencia. Habrá de tener mucho cuidado y cumplir a rajatabla los términos de su libertad probatoria, especialmente no ser arrestado por un cuarto caso de DUI mientras está en libertad probatoria por el tercero. Y, si le revocan la licencia, en lugar de simplemente suspendérsela, tendrá que cumplir varios pasos adicionales antes de poder recuperarla. Tenga cuidado al manejar mientras está en libertad probatoria (una vez que se lo permitan) y de seguir todos los pasos necesarios para que le rehabiliten su licencia. No debe asumir sin más que puede manejar después de que venza el período oficial de suspensión/revocación.

Llámenos hoy mismo si necesita que lo defendamos en un caso de DUI

En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com), Jeff entiende la confusión y el temor que se sienten al afrontar una posible condena por DUI. También entiende que muchas personas inocentes son acusadas de delitos en California cada año. En las Oficinas Legales de Jeff Voll (AbogadoCriminal.com) tenemos la experiencia necesaria para lograr el mejor resultado posible en su caso.

No dude en llamarnos al 323-467-6400 –las 24 horas del día, los siete días de la semana–, para realizar una consulta gratis sin ninguna obligación.

La verdad sobre este abogado

El licenciado Voll no habla por hablar sino que predica con el ejemplo cuando se trata de luchar contra el sistema de Justicia Penal. ¡Él también ha sido acusado en falso, arrestado ilícitamente e imputado de delitos muy graves como abogado! Es prueba viviente de la existencia de agentes policiales que mienten, inventan evidencia y están dispuestos a acusar a alguien en falso porque ellos mismos son unos miserables cobardes. Voll es testimonio real de que estos mismos policías cobardes y mentirosos usan soplones como informantes para promover sus cuentos de hadas sobre delincuencia. Él sabe personalmente que estos soplones harán lo que sea para sobrevivir a sus propios actos criminales por los que fueron arrestados previamente con el fin de obtener un tratamiento favorable en su propio caso. No obstante, la verdad siempre triunfa y el licenciado Voll seguirá ejerciendo la abogacía en casos penales durante los próximos 25 años. Es el único abogado penalista de California que, con la verdad por delante, puede decir que ha logrado, por sí solo, que se desechen MÁS DE 100 casos en un año. No busque más: el licenciado Voll es el abogado defensor penalista perfecto para usted o un miembro de su familia.

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