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Shobi-Zue

El artículo 20710 del Código Penal de California es el estatuto que criminaliza la fabricación, importación, venta, entrega o tenencia de un “shobi-zue”. Este artículo se puede imputar como delito mayor o menor y tiene una pena potencial de hasta tres años en la cárcel.

De acuerdo con el artículo 17160 del Código Penal, un shobi-zue “es un bastón, muleta, palo, vara o barra que oculta en su interior un cuchillo o una hoja afilada que puede sacarse mediante un giro de muñeca o una acción mecánica”.

Entre los ejemplos de actos ilegales según al artículo 20710 se incluyen los siguientes:

Manuel tiene un shobi-zue y se lo da a su amiga Sarah. Sarah recibe el shobi-zue de Manuel y se lo guarda en su garaje.

Miguel investiga en Internet y hace un shobi-zue con objetos comprados en una ferretería.

Defensas 

Por suerte, son varias las defensas legales que una persona puede argumentar si la acusan de haber incumplido el artículo 20710 del Código Penal. Estas incluyen demostrar que la parte acusada:

* no tenía un “shobi-zue”;

* está libre de procesamiento

Adviértase que ciertas personas están libres de procesamiento por cometer ciertos actos con esta arma. Por ejemplo, los miembros de las agencias del orden público pueden vender, traspasar o poseer estas armas. Por consiguiente, demostrar que el acusado pertenece a una de estas categorías exentas es un argumento en su defensa.

* el registro e incautación fueron ilegales 

La policía no puede llevar a cabo un registro ni adueñarse de propiedad de otra persona sin una orden de registro válida (o una excepción a la regla de la orden de registro). Si las autoridades obtienen evidencia durante un registro e incautación ilegales, la defensa puede presentar entonces una petición para suprimir la prueba del arma ilegal. Si se concede, lo más probable es que se desechen los cargos.

Penas

Incumplir el artículo 20710 del Código Penal de California es un delito flexible (en inglés, “wobbler”), ya que se puede imputar como delito mayor o menor.

Si se imputa como delito menor, la pena puede ser:

reclusión en la cárcel del condado por un máximo de un año; y/o una multa máxima de $1,000.

Si se imputa como delito mayor, la pena puede ser:

reclusión en la cárcel del condado por un máximo de tres años; y/o una multa máxima de $10,000.

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La verdad sobre este abogado

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