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Abogado para casos de violencia doméstica con condenas anteriores en Los Ángeles

Abogado para casos de violencia doméstica con condenas anteriores en Los Ángeles

Las leyes sobre violencia doméstica en California han evolucionado significativamente en las últimas décadas. Desde el famoso juicio de O.J. Simpson, estos casos han sido objeto de un mayor escrutinio por parte de las fuerzas del orden público, los jueces y los fiscales, lo que ha dado lugar a más arrestos y a sanciones más duras, sobre todo para los acusados que tienen condenas previas por violencia doméstica en su historial delictivo. Aunque una primera acusación es grave por sí misma, tener una condena previa por violencia doméstica puede convertir lo que de otro modo sería un delito menor en un delito mayor, y puede dar lugar a penas agravadas, incluidas sentencias más largas de cárcel o prisión. así como condiciones más restrictivas de libertad probatoria o condicional.

Cualquier persona que afronte un cargo por violencia doméstica imputado según los artículos 273.5 o 243(e)(1) del Código Penal de California —especialmente si tiene una o más condenas previas— debe entender a la perfección el marco legal de California, incluidos los artículos pertinentes del Código Penal, las instrucciones al jurado aplicables, así como el rango de las posibles sentencias. Al entender bien estos aspectos y trabajar con un abogado competente, los acusados pueden situarse en una óptima posición para obtener el mejor resultado posible. En las Oficinas Legales de Jeff Voll, nuestros abogados defensores de casos de violencia doméstica cuentan con una amplia experiencia en la representación de personas acusadas de este tipo de delitos y nos comprometemos firmemente a garantizar que se protejan los derechos de cada uno de los clientes en todas las etapas del proceso.

¿Cuáles son las consecuencias de la violencia doméstica con condenas previas en California?

Cuando los agentes del orden público responden a una llamada por violencia doméstica, por lo general separan a las personas implicadas y toman declaraciones detalladas a cada una de ellas. Observan si existen lesiones físicas, advierten la actitud y el comportamiento de las partes y evalúan si es necesaria atención médica. Asimismo, revisan las bases de datos policiales para verificar si existen órdenes de arresto pendientes o antecedentes penales. Aunque los agentes han sido adiestrados para mantener la objetividad durante estas investigaciones, lo cierto es que un arresto previo o una condena previa por violencia doméstica influirá de manera significativa en su forma de intervenir en la situación.

Cuando los agentes descubren que un sospechoso ha sido condenado anteriormente por causar daño a la misma víctima, o si constatan que el sospechoso ha violado una orden de restricción, la probabilidad de un arresto aumenta considerablemente. Además, si el acusado se encuentra actualmente bajo libertad probatoria, las autoridades pueden arrestarlo por una presunta violación de dicha libertad probatoria, lo que significa que puede quedar detenido sin derecho a fianza y que deberá comparecer ante un juez para responder tanto por la nueva acusación de violencia doméstica como por la supuesta violación de la libertad probatoria.

Esta dinámica implica que las personas con antecedentes de acusaciones por violencia doméstica suelen librar una batalla muy cuesta arriba incluso antes de que la fiscalía impute cargos formalmente. El escenario queda definido desde el momento en que la policía llega al lugar: los errores del pasado pueden eclipsar los hechos actuales y los informes policiales pueden redactarse de una manera que presuponga la culpabilidad del sospechoso. Esto pone de relieve la importancia de consultar lo antes posible con un abogado defensor competente. Un abogado hábil puede comunicarse con el detective o investigador asignado al caso para presentar pruebas adicionales o declaraciones de testigos, lo cual puede, potencialmente, influir en la decisión de presentar cargos y evitar que el caso derive en acusaciones más graves.

Artículos pertinentes del Código Penal

Las principales leyes de violencia doméstica en California se encuentran en el artículo 273.5 del Código Penal —lesiones corporales a un cónyuge, conviviente o padre o madre del hijo o hija de la persona acusada— y en el artículo 243(e)(1) del Código Penal —agresión física contra un cónyuge, conviviente o persona con quien el acusado mantiene o mantuvo previamente una relación sentimental—. El artículo 273.5 del Código Penal es un delito denominado "flexible", lo cual significa que puede ser imputado como delito menor o como delito mayor, dependiendo de las circunstancias del caso y del historial delictivo del acusado. Si se presenta como delito mayor de conformidad con el artículo 273.5 del Código Penal, el acusado puede enfrentar un máximo de tres años en la prisión del estado si se trata de la primera vez. En el caso del artículo 243(e)(1) del Código Penal, el delito se imputa como delito menor y conlleva hasta un año en la cárcel del condado.

Cuando una persona tiene una condena previa relacionada con violencia doméstica, estos artículos del código adquieren aún mayor relevancia. El artículo 273.5(f)(1) del Código Penal establece penas agravadas para aquellos acusados que hayan sido condenados previamente por ciertos delitos —incluidas las condenas por el artículo 273.5— si el nuevo delito tiene lugar en un plazo inferior a siete años después de esa condena previa. En tales casos, la condena puede ser de dos, cuatro o cinco años en la prisión del estado, y los tribunales pueden imponer condiciones más estrictas de libertad probatoria o condicional. Estos aumentos en las penas reflejan la política pública de California de imponer castigos más severos a los delitos reiterados de violencia doméstica, así como de que estos tengan un mayor efecto disuasorio.

¿Tener condenas previas aumenta las probabilidades de ser arrestado por violencia doméstica?

Una vez concluida la investigación realizada por las autoridades del orden público, los detectives remiten los informes a la Oficina del Fiscal del Distrito o a la Oficina del Fiscal Municipal para su revisión. Basándose en los informes, los fiscales deciden qué cargos imputar —si corresponde— en función de las pruebas reunidas. Aunque deben evaluar la solidez de la evidencia, incluida la documentación de respaldo —por ejemplo, fotografías, informes médicos o declaraciones de testigos—, los fiscales también prestan especial atención al historial penal del sospechoso. Tener una condena previa por violencia doméstica puede transformar rápidamente un posible delito menor en un delito mayor, dado que la ley autoriza dicho cambio de conformidad con el artículo 273.5(f) del Código Penal. Incluso cuando los hechos del nuevo incidente podrían sugerir un delito menor, los fiscales suelen argumentar que un reincidente debe ser imputado con mayor severidad para proteger a la presunta víctima y a la comunidad.

En muchos condados hay unidades especializadas en violencia doméstica que se hacen cargo de estos casos. Los fiscales asignados a dichas unidades suelen recibir adiestramiento adicional para saber hacer frente a situaciones en las que hay presente violencia intrafamiliar, intimidación, coerción y la posible retractación del testimonio de la presunta víctima. Aunque esta capacitación pretende ayudarlos a entender bien la compleja dinámica de la violencia doméstica, en algunos casos puede generar ideas que lleven a asumir que los acusados con condenas previas son automáticamente culpables de los nuevos alegatos. Por ello resulta fundamental contar con una defensa firme y proactiva. Al reunir pruebas desde la fase inicial del proceso —como mensajes de texto, correos electrónicos o declaraciones de testigos independientes—, la defensa puede refutar la narrativa de la fiscalía o poner de relieve incongruencias en la versión de la parte acusadora.

Instrucciones al jurado CALCRIM en casos de violencia doméstica

Si un caso queda señalado para juicio, los jurados en California siguen pautas estandarizadas, conocidas como las instrucciones CALCRIM, para determinar si la fiscalía ha probado los cargos más allá de duda razonable. Cuando el cargo imputado al acusado es el artículo 273.5 del Código Penal, el jurado se basa principalmente en la instrucción N.º 840 de CALCRIM, en la cual se explican los elementos del delito conocido como causar lesiones corporales a un cónyuge, conviviente o progenitor de un hijo o hija en común. Esta instrucción establece que debe probarse que el acusado infligió voluntariamente una lesión física a la víctima y que dicha lesión causó una condición traumática. En los casos imputados conforme al artículo 243(e)(1) del Código Penal, la instrucción N.º 841 de CALCRIM aclara los elementos del delito de agresión física contra una persona con quien el acusado mantiene una relación doméstica específica.

Cuando se alegan condenas previas y se imputa ese agravante en los cargos, el jurado también puede recibir pruebas sobre el historial penal del acusado, sujeto a ciertas limitaciones establecidas en el Código de Evidencia. La fiscalía tiene que probar dichas condenas previas más allá de duda razonable si pretende utilizarlas para aumentar la pena. No obstante, los abogados defensores pueden cuestionar la admisibilidad de esas condenas o la autenticidad de los registros judiciales si existen razones para creer que el antecedente no corresponde al acusado o que la condena fue constitucionalmente inválida.

Penas en casos de violencia doméstica con condenas previas

La pena por un caso de violencia doméstica con condenas previas puede variar considerablemente. Si una persona es condenada por el artículo 273.5 del Código Penal como delito mayor y la fiscalía demuestra además que existe una condena previa relacionada con violencia doméstica durante los últimos siete años, el juez puede imponer una sentencia de dos, cuatro o cinco años en la prisión del estado. Además, cuando se concede libertad probatoria, las condiciones suelen ser más estrictas: el juez puede ordenar que el acusado participe en un programa contra la violencia doméstica de un año de duración, el cumplimiento de órdenes estrictas de prohibición de contacto o de alejamiento, así como un programa de tratamiento obligatorio contra la drogadicción o de salud mental, si se considera apropiado.

Las condenas por delito menor, incluso tratándose de la primera vez, suelen conllevar un período mínimo obligatorio de cárcel, así como una orden de protección que puede prohibir el contacto con la presunta víctima. Con una condena previa, el juez generalmente está más inclinado a imponer sentencias de cárcel más prolongadas o condiciones adicionales, como monitoreo electrónico, trabajo comunitario o multas más elevadas. Las leyes de California también imponen sanciones adicionales por delitos de violencia doméstica, como la obligación de contribuir al Fondo de Violencia Doméstica y el pago de una indemnización a la víctima por gastos de bolsillo relacionados con la atención médica o los daños materiales.

Para aquellos acusados que no son ciudadanos estadounidenses, las consecuencias migratorias de una condena por violencia doméstica pueden ser graves. Ciertos delitos de violencia doméstica se consideran crímenes que implican conducta inmoral, pudiendo desencadenar procesos de deportación o la prohibición de regresar a los Estados Unidos. Esto hace que sea aún más urgente presentar una defensa completa y bien fundamentada, ya que una sola declaración de culpabilidad puede poner en riesgo la permanencia del acusado en el país.

Cómo defenderse de cargos de violencia doméstica con condenas previas

Una condena previa por violencia doméstica suele influir negativamente en la percepción inicial de los investigadores y de los fiscales, por lo resulta indispensable disponer de una estrategia de defensa firme. Los abogados defensores deben analizar todos los posibles puntos débiles de las pruebas o argumentos de la fiscalía, desde la existencia de motivos para que la presunta víctima invente o exagere los hechos, hasta la posibilidad de que las autoridades no hayan investigado adecuadamente indicios que podrían exculpar al acusado. En situaciones de confrontación mutua, la defensa puede argumentar que el acusado actuó en legítima defensa, subrayando que aunque las personas involucradas hayan mantenido muchas discusiones tensas en el pasado, esto no significa necesariamente que el acusado haya sido siempre el agresor.

En algunos casos, la presunta víctima se retracta y afirma que mintió acerca de los hechos o que reaccionó de manera exagerada. Si bien esto puede beneficiar a la defensa, los fiscales suelen argüir que las víctimas se retractan por miedo, presión económica o preocupación por la familia. Un equipo de defensa competente puede llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el historial de la parte acusadora, en busca de pruebas de manipulación o denuncias falsas previas. Si se demuestra a la fiscalía, antes de la presentación formal de los cargos o en las etapas iniciales del caso, que la credibilidad de la parte acusadora está en duda, quizás se pueda negociar una resolución más favorable o incluso evitar la imputación de cargos.

También es importante examinar a fondo el modo en que las autoridades obtuvieron las declaraciones incriminatorias. Si los agentes no explicaron adecuadamente los derechos Miranda o si obtuvieron una confesión mediante coacción, un abogado con experiencia puede presentar un pedimento para excluir dicha prueba. Asimismo, aunque el sospechoso supuestamente admitiera conductas similares anteriores, debe demostrarse que esa admisión fue voluntaria y obtenida de manera legal. Todos estos pasos son esenciales para garantizar que las autoridades del orden público y los fiscales no se basen en pruebas dudosas u obtenidas ilegalmente para respaldar su versión de los hechos.

Si desea obtener más información sobre las diversas defensas disponibles en su caso y realizar una consulta gratuita, llame a Jeff Voll a las Oficinas Legales de Jeff Voll, Inc. El licenciado Voll está disponible las 24 horas, los 7 días de la semana, en el (323) 467-6400, o visite su sitio web en www.abogadocriminal.com.

La verdad sobre este abogado

El licenciado Voll no habla por hablar sino que predica con el ejemplo cuando se trata de luchar contra el sistema de Justicia Penal. ¡Él también ha sido acusado en falso, arrestado ilícitamente e imputado de delitos muy graves como abogado! Es prueba viviente de la existencia de agentes policiales que mienten, inventan evidencia y están dispuestos a acusar a alguien en falso porque ellos mismos son unos miserables cobardes. Voll es testimonio real de que estos mismos policías cobardes y mentirosos usan soplones como informantes para promover sus cuentos de hadas sobre delincuencia. Él sabe personalmente que estos soplones harán lo que sea para sobrevivir a sus propios actos criminales por los que fueron arrestados previamente con el fin de obtener un tratamiento favorable en su propio caso. No obstante, la verdad siempre triunfa y el licenciado Voll seguirá ejerciendo la abogacía en casos penales durante los próximos 25 años. Es el único abogado penalista de California que, con la verdad por delante, puede decir que ha logrado, por sí solo, que se desechen MÁS DE 100 casos en un año. No busque más: el licenciado Voll es el abogado defensor penalista perfecto para usted o un miembro de su familia.

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